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Aclaran alcance y competencias para consultores, asesores e investigadores acreditados por la Superintendencia de Vigilancia (4:28 p.m.)

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01 de Octubre de 2018

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La Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada aclaró a los grupos de interés y a la comunidad en general, el alcance y las competencias para consultores, asesores e investigadores acreditados por la entidad, y también les recordó la normativa sobre la actividad que le fue autorizada a estos servicios. Igualmente, indicó que las empresas de vigilancia, las cooperativas de vigilancia y seguridad privada con servicio conexo de consultoría, asesoría e investigación, las empresas consultoras, asesoras investigadoras de seguridad privada, a través de los administradores, contadores, y/o revisor fiscal deberán reportar a la superintendencia, si lo advierten, que se están efectuando prácticas por fuera del entorno legal. Lo anterior so pena de dar traslado a la Junta Central de Contadores y la jurisdicción penal para lo de su competencia. La nueva circular debe ser socializada por el representante legal a los socios, contadores y revisores fiscales y enviar prueba de la socialización al correo electrónico servicioconexocia@supervigilancia.gov.co.

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