Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Acceso limitado al reglamento interno de los penales viola derechos fundamentales de reclusos: Corte Constitucional (11:00 a.m.)

63703

02 de Octubre de 2014

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Si el derecho de petición pretende el acceso a información no sometida a reserva y la entidad consultada la restringe por medio de la imposición de copias a cargo del interesado o evita su simple consulta, afecta el principio de publicidad, sostuvo la Corte Constitucional al sentenciar que un exceso de esta naturaleza resulta violatorio de derechos la información y/o el acceso a documentos públicos. Añadió que es deber del Estado para con la población carcelaria respetar y promocionar los derechos fundamentales que les son susceptibles de suspensión e impartir directrices que procuren la máxima efectividad de aquellas garantías que sufren restricciones por su pena. Con estos argumentos, amparó los derechos de un recluso de Girón (Santander), al constatar que la accionada supeditó el acceso del detenido al reglamento del penal a la consignación del valor de las fotocopias del documento y le negó su simple consulta, por falta de disponibilidad de ejemplares. En este caso, dice, aunque no se violó el derecho de petición, sí se desconocieron las demás garantías autónomas traídas a colación, lo que llevó a la Corte a ordenar a la accionada que asegure la existencia de, al menos, una copia del reglamento por pabellón, que pueda ser consultado permanentemente por los internos (M. P. Andrés Mutis Vanegas).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)