Acceso limitado al reglamento interno de los penales viola derechos fundamentales de reclusos: Corte Constitucional (11:00 a.m.)
02 de Octubre de 2014
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Nota:
63703
Si el derecho de petición pretende el acceso a información no sometida a reserva y la entidad consultada la restringe por medio de la imposición de copias a cargo del interesado o evita su simple consulta, afecta el principio de publicidad, sostuvo la Corte Constitucional al sentenciar que un exceso de esta naturaleza resulta violatorio de derechos la información y/o el acceso a documentos públicos. Añadió que es deber del Estado para con la población carcelaria respetar y promocionar los derechos fundamentales que les son susceptibles de suspensión e impartir directrices que procuren la máxima efectividad de aquellas garantías que sufren restricciones por su pena. Con estos argumentos, amparó los derechos de un recluso de Girón (Santander), al constatar que la accionada supeditó el acceso del detenido al reglamento del penal a la consignación del valor de las fotocopias del documento y le negó su simple consulta, por falta de disponibilidad de ejemplares. En este caso, dice, aunque no se violó el derecho de petición, sí se desconocieron las demás garantías autónomas traídas a colación, lo que llevó a la Corte a ordenar a la accionada que asegure la existencia de, al menos, una copia del reglamento por pabellón, que pueda ser consultado permanentemente por los internos (M. P. Andrés Mutis Vanegas).
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