Acceso carnal abusivo en menor de 14 años desborda el ámbito de la cultura indígena: Consejo Superior (10:55 a.m.)
29 de Julio de 2013
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Nota:
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El Consejo Superior de la Judicatura insistió en que el acceso carnal abusivo en menor de 14 años rebasa ampliamente el ámbito de la cultura indígena y se encuentra muy lejos de los usos, costumbres, tradiciones y especial cosmovisión de quienes integran tales grupos. De ahí que, ante la comisión de este tipo de conductas, no sea extensible la aplicación del fuero especial del que gozan las comunidades étnicas. Dice la providencia que en estas eventualidades se enfrentan los derechos fundamentales de sujetos de especial protección constitucional, como los menores de edad, con uno menos prioritario, cual es el derecho de los indígenas a ser juzgados por autoridades que se acojan a su particular visión sociocultural (M. P. Ovidio Claros).
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