Abogado no puede tomar dinero del cliente justificando que es parte de sus honorarios
10 de Junio de 2022
En el caso bajo estudio, la Comisión Nacional de Disciplina Judicial probó la responsabilidad de un abogado por no entregar a su cliente $ 3 millones, que le dio para pagar a las victimas dentro del proceso penal que se seguía en su contra, dinero que el profesional reconoció tener en su poder pero que tomó como pago de honorarios.
Los recursos entregados no estaban destinados para tal fin, pues si bien no obraba contrato de prestación de servicios para establecer el monto de honorarios profesionales, ello se desprende de los testimonios del quejoso y su esposa, que se enmarcan en las características señaladas dentro de una reciente sentencia del Consejo de Estado en donde se planteó como suficientes para darle crédito a un medio de prueba una “coherencia del relato, su contextualización, las corroboraciones periféricas y la existencia de detalles oportunistas”.
La Comisión sancionó al abogado con suspensión en el ejercicio de la profesión y multa de dos salarios mínimos por incurrir de manera dolosa en la falta contemplada en el artículo 35, numerales 4º y 6°, de la Ley 1123 del 2007, en desconocimiento del deber consagrado en el numeral 8º del artículo 28 (M. P.: Magda Victoria Acosta Walteros).
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