Fondo de Porcicultura no puede financiar actividades distintas a las fijadas por la ley que lo creó: Consejo de Estado (9:22 a.m.)
08 de Abril de 2014
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Nota:
95492
El Consejo de Estado conceptuó que los objetivos planteados por el artículo 5º de la Ley 272 de 1996 para el funcionamiento del Fondo Nacional de Porcicultura sí limitan el tipo de actividades a los cuales se deben dirigir sus inversiones. Por ello, dice, estas contribuciones parafiscales no pueden destinarse a escenarios distintos a los allí plantea
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