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Actualizado hace 22 minutes | ISSN: 2805-6396

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Reforma tributaria estructural - Tributario


Lo que debe tener en cuenta sobre la reforma tributaria sancionada

30 de Diciembre de 2016

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El presidente Juan Manuel Santos sancionó la reforma tributaria ayer, tiene 376 artículos; dentro de los puntos centrales vale mencionar el incremento en la tarifa general del impuesto sobre las ventas (IVA), que pasa del 16 % al 19 %, uno de los tres puntos de dicho aumento tendrá destinación específica para los sectores de salud y educación, 0,5 puntos porcentuales para cada uno.

 

El cambio en la tarifa no será inmediato, pues hasta el 31 de enero del 2017 los comerciantes tendrán plazo para remarcar sus productos, mientras tanto podrán seguir vendiendo con los precios actuales, hasta que agoten sus existencias con la tarifa antigua. (Lea: Aumento de tarifa de IVA del 19 % aplicará a partir del 1º de febrero del 2017)


Con respecto al impuesto de renta para personas naturales, continuará con el umbral vigente, es decir, estarán obligados a declarar los contribuyentes con ingresos mensuales de $ 3.471.000 o más. 

 

La tarifa del impuesto sobre la renta aplicable a las sociedades nacionales y sus asimiladas, los establecimientos permanentes de entidades del exterior y las personas jurídicas extranjeras o sin residencia obligadas a presentar declaración anual será del 33 %.

 

La Ley 1819 tiene otros artículos de vital importancia, como la reforma al Código Penal, en la que se establecen penas de 48 a 108 meses y multa del 20 % del valor del activo omitido a los contribuyentes que presenten información inexacta en un valor igual o superior a 7.250 salarios mínimos mensuales.

 

La Fiscalía General de la Nación hizo reparos a la norma calificándola como  “un tipo penal imposible”, pues la omisión de activos, en este caso por un monto superior a los $ 5 mil millones, tiene la dificultad de que en las declaraciones de renta no se debe reportar una relación de activos, sino un monto.

 

Otra novedad es la nueva contribución nacional de valorización, por medio de la cual se establece un gravamen por el beneficio adquirido por las propiedades inmuebles cercanas a obras de interés público o proyectos de infraestructura. La base gravable de la contribución se establecerá de acuerdo al costo del proyecto.

 

Otro de los puntos a tener en cuenta es el de los impuestos verdes. El tributo al carbono tendrá tarifas diferenciales y aplicará a todos los combustibles fósiles, incluyendo los derivados del petróleo y de gas fósil.

 

Así, para el galón de gasolina aplicará una tarifa de $ 135 por galón; $ 152 para el ACPM y $ 29 para el metro cubico de gas natural.

 

Por otro lado, el nuevo impuesto nacional al consumo de bolsas plásticas tiene tarifas que se irán incrementando anualmente y estarán a cargo del consumidor; para el año 2017 la tarifa será de $ 20 por bolsa, para el 2018 será de $ 30, el 2019 costará $ 40 y para el año 2020 la tarifa se incrementará a $ 50 por cada bolsa consumida.

 

Finalmente, el ministro Mauricio Cárdenas aclaró que se espera un recaudo total de $ 22 billones.

 

Congreso de la República, Ley 1819, Dic. 29/16

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