11 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 1 hour | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


ExtraHomosexuales solo pueden adoptar al hijo biológico de su pareja (8:00 a.m.)

19 de Febrero de 2015

Reproducir
Nota:
99670
La Corte Constitucional estableció que homosexuales pueden adoptar de manera restringida, al condicionar parte de los artículos 66 y 68 del Código de la Infancia y la Adolescencia (Ley 1098 del 2006) a que, solo si uno de los integrantes de la pareja es el padre biológico, su compañero pueda ser el adoptante. La Sala Plena estableció así la aplicabilidad general de la Sentencia SU-617 del 2014, que concluyó que, de haber consenso entre los padres biológicos del menor, el integrante de la pareja solicitante puede abordar el trámite respectivo, sin importar su condición de género o su orientación sexual. La decisión, que fue apoyada por una mayoría de cinco a cuatro, vuelve a llamar la atención del Congreso en cuanto al déficit de derechos que sigue padeciendo la comunidad LGBTI, en este caso, frente a su ya reconocido derecho de conformar una familia. No obstante, la corporación se abstuvo de exhortar al legislativo en la parte resolutiva de la sentencia, como lo había hecho cuando determinó que homosexuales podían constituir familia y que era deber del Congreso reglamentar un instrumento para fijar la unión civil de parejas de este tipo interesadas en solemnizar su vínculo sentimental. De otra parte, el alto tribunal declaró la constitucionalidad, sin condicionamientos, de los artículos 64 ibídem y 1° de la Ley 54 de 1990, específicamente, por los cargos demandados. A juicio de la Corte, no se viola el derecho a la igualdad previsto en el artículo 13 de la Constitución en contra de las parejas gay ni se desconoce el derecho del menor a integrar una familia, consagrado en el artículo 42 de la Carta. Los magistrados María Victoria Calle, Gloria Stella Ortiz, Luis Ernesto Vargas y Jorge Iván Palacio objetaron la decisión, por considerar que, si bien las expresiones demandadas no excedían normas constitucionales, los requisitos de adopción no podían excluir del trámite a las familias conformadas por parejas del mismo sexo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)