Estas son las razones de la Corte Suprema para ordenar el cambio de radicación del proceso penal contra el exgobernador de La Guajira (9:28 a.m.)
23 de Mayo de 2014
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Nota:
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Al recordar que la seguridad personal de los funcionarios judiciales y de los testigos amerita el cambio de radicación de un proceso penal, la Corte Suprema de Justicia reasignó la competencia del juicio contra el exgobernador de la Guajira, Juan Francisco Gómez Cerchar, a los juzgados especializados de Bogotá. La Sala Penal recordó que el artículo 85 de la Ley 600 del 2000 indica que ante circunstancias que puedan afectar el orden público, la independencia e imparcialidad en la administración de justicia o la seguridad personal de los sujetos procesales es necesario acceder al citado cambio de radicación. En este caso, dice, la presunta relación del indiciado con grupos paramilitares y bandas criminales son aspectos que se acogen a estas causales. Además, indicó que la notoriedad de la presencia de estos grupos en el departamento de La Guajira constituye la evidencia que exige el artículo 87 del mismo Código de procedimiento Penal, para considerar demostrada la necesidad de trasladar la competencia (M. P. María del Rosario González).
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