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Actualizado hace 1 minuto | ISSN: 2805-6396

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Especiales / Logística y Comercio Exterior


Los retos de la regulación aduanera colombiana

25 de Octubre de 2017

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José Francisco Mafla

Socio Brigard & Urrutia Abogados

 

En la actualidad, el régimen aduanero colombiano atraviesa por una de sus etapas más difíciles. Por una parte, con la emisión de una nueva regulación, a inicios del 2016, se generaron retos en el cambio del modelo de administración aduanera, pasando de la fiscalización y represión aduanera a la facilitación, el control y el manejo de riesgos por parte de los usuarios del comercio exterior.

De otro lado, aunque la dogmática de la nueva normativa es loable y nos acerca a estandartes internacionales, la dispersión normativa (cuatro resoluciones y otras tantas circulares), la falta de seguridad jurídica y la reglamentación parcial han ido en detrimento del mismo comercio exterior nacional, no solo golpeado por el evidente rezago económico nacional altamente dependiente del precio internacional de los hidrocarburos, sino por la inacción de la administración en fijar unas reglas de juego claras para el desarrollo de operaciones de comercio exterior.

 

A manera de ejemplo, podemos identificar las normas sobre aprehensión de mercancías: las causales vigentes están en el Decreto 2685 de 1999, mientras que el procedimiento que se debe seguir está regulado en el Decreto 390 del 2016. Sin embargo, los procedimientos establecidos no coinciden con las causales en vigor. Esta falta de coherencia desintegra el régimen aduanero, creando varios vacíos legales y, con ello, inseguridad jurídica.

 

Por su parte, el exitoso régimen de zonas francas, recientemente modificado por el Decreto 2147 del 2016, estableció una implementación escalonada que, para septiembre del 2017, debía entrar en vigor. No obstante, debido a que no se habían implementado los mecanismos correspondientes para la aplicación de las nuevas disposiciones, se expidió el Decreto 1547 del 2017, ampliando el plazo para la entrada en vigor de las nuevas normas. De esta forma, solo en marzo 8 del 2018 entrarán a regir todas las disposiciones del mencionado decreto.

 

Adicionalmente, la nueva regulación aduanera refuerza la implementación del sistema de gestión del riesgo. Sin embargo, los ahora calificados como “operadores de comercio exterior” no tienen claridad sobre los criterios y variables utilizadas por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) para medir el riesgo de sus actividades de comercio exterior. Lo anterior cobra mayor relevancia cuando de dicha calificación depende el acceso a los pocos beneficios aduaneros y tributarios que decidió crear la nueva regulación, tras la eliminación escalonada de los “Usuarios Aduaneros Permanentes” (AUP) y los “Usuarios Altamente Exportadores” (Altex).

 

En este mismo sentido, la falta de integridad y continuidad en la regulación aduanera también se evidencia en la pretendida transformación (práctica) de las figuras de los UAP y de los Altex en los ahora denominados “Operadores Económicos Autorizados” (OEA). Esta última figura tiene más de seis años de existencia y muy pocas compañías calificadas. Lo anterior se explica, entre otras razones, en la duración del trámite y la falta de pedagogía, de cultura empresarial y de planeación entre el sector público y el privado.

 

Seguramente, cuando los UAP y los Altex desaparezcan totalmente, esto es, en no más de dos años, la Dian se verá forzada a extender su vigencia, por cuanto el tránsito a una figura tan exigente como el OEA le tomará al sector privado un buen tiempo para ser asimilada e implementada a cabalidad. 

 

Desarrollo del comercio exterior

 

Todas estas consideraciones permiten concluir que la falta de integración en la regulación aduanera y de comercio exterior han perjudicado, de una u otra manera, a los usuarios aduaneros colombianos, lo que genera dificultades en el desarrollo de comercio exterior del país. 

 

Es necesario explorar alternativas para lograr una mayor eficacia en la implementación escalonada de la nueva regulación aduanera, a fin de garantizar la entrada en vigor de normas claras y estables. Así mismo, la rápida implementación del régimen de zonas francas, el fortalecimiento de los programas especiales de importación-exportación, la creación de iniciativas para el desarrollo del sector exportador colombiano, así como una coherente aplicación de los diversos mecanismos de control por parte de la Dian, permitirán tener las condiciones regulatorias básicas para que el comercio exterior colombiano logre diversificarse y abrirse a sectores hasta ahora marginados.

 

Lo anterior, unido al efectivo aprovechamiento de la red de tratados con los que cuenta el país, especialmente mediante el cumplimiento de los requisitos sanitarios y fitosanitarios de cada país de destino en aquellos productos que así lo requieren, servirán para una integración real del comercio con el mundo aduanero y del comercio exterior.      

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