Al Margen
Ruta al despido
03 de Septiembre de 2012
Apreciado trabajador: usted tiene derecho a que su jefe no sepa dónde anda metido ni cuáles son sus movimientos. Y si algún día lo llega a echar violando esa clara manifestación del derecho a la intimidad, tranquilo. El puesto sigue siendo suyo.
A esa conclusión llegó recientemente el Tribunal Supremo de España, al confirmar los fallos de instancia con los que un juzgado de Bilbao y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco anularon el despido de un trabajador que fue espiado por su empleador a través de un GPS.
Suena exagerado, pero así fue: para comprobar si un empleado de verdad estaba incapacitado, el dueño de una empresa de limpieza y recogida de basuras decidió contratar a un detective privado, que instaló un GPS en el automóvil particular del trabajador.
Todo comenzó cuando el hombre, que se desempeñaba como ayudante de obra y dedicaba la mayor parte de su tiempo a conducir un vehículo asignado por la empresa, se comenzó a quejar de una dolencia en el brazo, por la que fue incapacitado temporalmente.
Acosado por la sospecha de que se tratara de una farsa para ausentarse del trabajo, al empleador se le ocurrió vigilar los movimientos del empleado, mientras cumplía su periodo de incapacidad.
Gracias al GPS y a la audacia del detective, el patrono pudo comprobar que el trabajador conducía su automóvil diariamente, para realizar largos trayectos. Además, logró establecer que hacía esfuerzos físicos sin mayor dificultad, como cargar las bolsas del mercado.
Ante las evidencias, la empresa le comunicó el despido al empleado, pero este, ni corto ni perezoso, lo demandó ante los tribunales, por la violación de su derecho a la intimidad.
La justicia le dio la razón. En primera y segunda instancia, el juzgado y el tribunal concluyeron que la instalación del GPS afectó “una de las manifestaciones del derecho a la intimidad, el derecho a que los demás no sepan dónde está en cada momento y cuáles son sus movimientos”.
Los jueces rechazaron el uso de ese dispositivo electrónico, al que calificaron como un medio de control innecesario, y declararon nulo el despido.
Para ratificar su decisión, aclararon que la nulidad no podía limitarse a la utilización del medio de prueba controvertido (el GPS), sino que debía extenderse al despido, por la violación de un derecho fundamental.
Y para reforzar el fallo, citaron como antecedente una sentencia en la que el Tribunal Constitucional de España declaró nulo el despido de un trabajador al que le detectaron haber consumido drogas, mediante un análisis clínico que, en teoría, no tenía esa finalidad.
Con el aval del Tribunal Supremo, el mentiroso trabajador terminó por salirse con la suya: disfrutó su inmerecido descanso, fue reenganchado a su trabajo y logró que la empresa le pagara el salario correspondiente al tiempo durante el cual estuvo cesante.
Pero, ojo, no todo el mundo corre con la misma suerte. Si está pensando en una estrategia semejante para irse a vacacionar, es mejor que no se arriesgue.
Eso sí, si acaba de salir a tomar un descanso obligado por cuenta de una molesta incapacidad, más le vale que revise muy bien sus objetos personales. Es posible que su empleador no confíe mucho en usted.
(Fuente: El País)
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