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Actualizado hace 10 horas | ISSN: 2805-6396

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Rodrigo Lara: “La herencia trasladada de una generación a otra pervierte el esfuerzo individual”

27 de Mayo de 2015

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Juan Martín Fierro

Director de ÁMBITO JURÍDICO

@jmartinfierro

 

Las llamadas asignaciones testamentarias forzosas vigentes en el Código Civil son una de las tantas instituciones normativas que dan cuenta de una Colombia premoderna. En efecto, la ley vigente señala que el testador, en caso de tener hijos, solo dispone de una cuarta parte de la masa sucesoral, es decir, las tres cuartas partes de sus bienes van a sus herederos sin exigir de ellos el más mínimo esfuerzo.

 

El representante a la Cámara Rodrigo Lara Restrepo elaboró un proyecto de ley que busca modernizar dichas instituciones sobre la base de una premisa fundamental: reconocer el esfuerzo individual y, por ende, el derecho que tiene toda persona a disponer libremente de los bienes que acumuló a lo largo de su vida cuando sobrevenga la muerte.

 

En charla con ÁMBITO JURÍDICO, el congresista explicó los alcances de la iniciativa, que ya tiene el respaldo del Instituto Libertad y Progreso (ILP).

 

ÁMBITO JURÍDICO: El objetivo de este proyecto de ley es modernizar normas obsoletas del Código Civil en cuanto a la repartición de los bienes a los herederos. ¿Por qué?

 

Rodrigo Lara: El único factor que puede romper las tremendas desigualdades de las sociedades modernas es el mérito, es decir, la capacidad de cada cual de salir adelante gracias a su esfuerzo y su trabajo. La herencia obligatoria, la ley de reparto por igual, es una profunda contradicción con ese principio, porque usted se está enriqueciendo o recibiendo un patrimonio de sus antepasados o de sus familiares sin haberlo trabajado. Ahí hay un contrasentido muy profundo. Hacer obligatoria esa disposición de los bienes por el simple hecho del vínculo de sangre es también una forma de perpetuar la concentración de la riqueza en las familias, uno de los ejes centrales de El capital en el siglo XXI, el aclamado libro de Thomas Piketty.

 

Á. J.: ¿Qué propone concretamente la iniciativa respecto a los herederos forzosos y el capital familiar?

 

R. L.: Propone aumentar la libertad de testar reduciendo las legítimas a una cuarta parte, es decir un 25 % de la masa sucesoral, eliminando la cuarta de mejoras, con el fin de dejar la libre disposición de las tres cuartas partes de los bienes sin perjuicio de la porción conyugal y de los alimentos que se deban por ley. En lo que tiene que ver con la pequeña propiedad rural, de manera optativa y como excepción a esta norma a fin de evitar la excesiva fragmentación de la tierra en microfundios, el proyecto propone eximir del régimen de legítimas las sucesiones testadas de predios rurales de extensión inferior al equivalente a cuatro unidades agrícolas familiares (UAF).

 

Como dice Alexis de Tocqueville, el germen de destrucción de la propiedad rural está en la ley de reparto por igual o en la ley de sucesiones, porque cuando usted es hijo del dueño del predio rural, tiene la certeza de heredar una parte, según el número de hermanos que tenga, de dicha propiedad. Esto puede amenazar la viabilidad productiva y económica del predio, y eso es justamente lo que queremos evitar, porque quien fragmenta la UAF fomenta la miseria y la informalidad en la tenencia de la tierra. A su vez, miseria e informalidad son los mejores aliados del latifundismo. De nada nos sirve hacer una reforma agraria en Colombia si al cabo de unos años va a estar destruida por la ley de sucesiones. Las cifras son preocupantes: 2,2 millones de colombianos viven en menos de una UAF y media.

 

Á. J.: Nuestras normas sucesorales inspiradas por la legislación francesa tuvieron en su momento una finalidad más política y revolucionaria, pues atacaban al antiguo régimen fragmentando la propiedad familiar. No así en EE UU, donde el sistema es muy distinto.

 

R. L.: Así es. En EE UU se ha dado un tratamiento casi confiscatorio a las sucesiones. Hasta el 2001, por ejemplo, el impuesto para las grandes fortunas heredadas era superior al 60 %, y eso viene de una tradición muy larga de Carnegie y Teddy Roosevelt, de los valores originales del protestantismo y de los padres fundadores que establecían que la herencia trasladada de una generación a otra es una forma de pervertir el espíritu del hombre trabajador, ascético y sobresaliente gracias al esfuerzo individual. De otro lado, y citando el estudio de Ellul, Pagano y Panuzi, Colombia es uno de los países con menor libertad de testar en el mundo, ocupando el puesto 36 en un listado de 38 países, que encabezan EE UU, Reino Unido y Tailandia.

 

Á. J.: En resumen, tenemos un régimen sucesoral premoderno, propio del siglo XIX.

 

R. L.: Es un modelo premoderno, primero, porque el proceso de individualización de la sociedad lleva a que el patrimonio deje de ser familiar y se convierta en una masa atribuible al esfuerzo personal de cada quien. Ese es el mundo en el que vivimos hoy. Y en ese mundo, es el individuo quien debe tener la libertad para decidir cómo traslada los bienes que acumuló una vez se produzca su muerte. La ley de reparto por igual, que es la que rige en Colombia, es básicamente el resultado de la Revolución Francesa, cuyo propósito fue instrumentalizar a la familia tradicional con el fin de supraordenar la sociedad fragmentando la base del poder aristocrático que era la tierra. Creo que esa finalidad de principios del siglo XIX y esa lógica revolucionaria ya no pueden considerarse universales en pleno siglo XXI. En segundo lugar, la libertad de testar es una institución de la modernidad que se adapta mucho mejor a la realidad actual de la familia.

 

Á. J.: ¿Qué dirán los opositores de mentalidad tradicional?

 

R. L.: Creo que los principales opositores serán los prejuicios. Seguramente habrá quienes digan que la libertad de testamento con la expectativa de heredar o desheredar le permite a la familia tradicional fortalecerse alrededor del padre o de la madre, que este es un derecho natural, casi fundamental. Otros dirán que esto se presta para que los padres se desentiendan de sus hijos. Sin embargo, heredar no es un derecho fundamental, como sí lo es que un niño reciba de sus padres el sustento diario. Pero también podemos entender que la libertad de testar es una forma de adaptar la ley de sucesiones a los nuevos vínculos de solidaridad que hoy existen.

 

En el siglo XIX, cuando se plasmó la ley de reparto por igual en el Código Civil francés de 1804, la familia era un concepto limitado. Hoy, la familia es un concepto muchísimo más amplio, primero, porque los matrimonios hoy son secuenciales, la gente se puede casar, divorciarse y volver a casarse o a vivir bajo otra modalidad de unión de pareja del mismo o diferente sexo. Esto también implica nuevos vínculos de solidaridad con los hijos de sangre o con hijos de otra pareja. Necesitamos que la ley reconozca estas nuevas realidades y estos vínculos.

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