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Para entender y pensar la laicidad
23 de Diciembre de 2013
Leonardo García Jaramillo
Universidad EAFIT, Medellín-Ciencias Políticas
Esta época de descanso y reflexión, signada para creyentes y no creyentes por la festividad cristiana del nacimiento y la resurrección de Jesucristo, es quizá propicia para entender la importancia de la separación entre las iglesias y el Estado en el marco de democracias que, como la colombiana, han reivindicado dentro de sus principios fundantes el pluralismo, la igualdad y la libertad religiosa.
El Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) acaba de publicar la más completa colección de estudios sobre laicidad hasta ahora disponible en español. Se trata de 34 contribuciones que pueden dividirse en tres perspectivas generales: histórica, teórica y jurídico-contextual. Reúnen los esfuerzos de académicos de Argentina, Colombia, España, Francia, Italia y México por entender las complejas dinámicas sociopolíticas en países que avanzan hacia una secularidad en el contexto de la arraigada fe religiosa y las creencias metafísicas, en armonía con una ética laica y una política pública no confesional (las 35 contribuciones a texto completo en: http://catedra-laicidad.unam.mx/?page_id=122).
A pesar de las divergencias entre las perspectivas, enfoques y alcances, hay algunos puntos en común que resultan interesantes para la discusión sobre el tema en América Latina y, en particular, en Colombia. La laicidad se refiere esencialmente al principio conforme al cual jurídica y políticamente las instituciones del Estado deben estar separadas de las instituciones eclesiásticas. El derecho a la autonomía se da por dos vías: ni la iglesia interviene en el funcionamiento del Estado, ni el Estado interviene en el funcionamiento de la iglesia. Laicidad implica no-religiosidad en lugar de anti-religiosidad.
Una sociedad laica es mejor que una sociedad que no lo es. En el contexto del pluralismo ideológico que caracteriza a países culturalmente diversos, es preferible contar con una igual consideración estatal hacia todos los credos e iglesias e igualmente impedir que los organismos del Estado se involucren con una determinada confesión. Más aun, es imperativo que los funcionarios públicos que con fervor practican una determinada confesión no la vinculen en el desempeño de sus funciones públicas. Aunque los Mandamientos y las leyes tienen puntos de coincidencia, debe mantenerse la diferencia entre ambos órdenes normativos y no puede pretenderse que se legisle a partir de preferencias individuales y de particulares cosmovisiones del mundo.
Un aspecto trasversal a las reformas constitucionales realizadas en América Latina es la nueva perspectiva sobre la nacionalidad, al procurar conseguir la unidad alrededor del pluralismo y reconocerlo como uno de los caracteres propios y distintivos de la condición civil latinoamericana. El confesionalismo se supera como guía del Estado. Si bien en los preámbulos de las constituciones latinoamericanas se invoca de distintas formas la figura o la protección de Dios, se consagraron igualmente el pluralismo ideológico, la libertad de cultos y el principio de libertad religiosa, lo cual hace a los Estados latinoamericanos en general no teístas ni ateos, sino laicos. Hay no obstante variaciones de grado porque, de un lado, algunas constituciones conservan rasgos confesionales (Argentina, Costa Rica y Panamá) y, de otro, hay también constituciones seculares que reconocen la separación entre Iglesia y Estado (Colombia, Bolivia, Brasil, Ecuador, México, Nicaragua, Paraguay y Venezuela). Se reconocen las diversas formas de religiosidad y espiritualidad, como expresa la Constitución ecuatoriana. El fundamento de esta forma de Estado no solo es la igualdad de todos los ciudadanos, la garantía de los derechos sin configuraciones relativas a alguna fe particular, sino también la soberanía popular y la protección de las creencias de las minorías.
También se ha reflejado en América Latina el proceso de secularización. De una sociedad profundamente identificada con las creencias y los valores cristianos, y sus instituciones eclesiásticas, se ha asistido a un cambio sociocultural encaminado hacia la necesidad de establecer la cultura política y orientar el fundamento y norte ideológicos de los organismos del Estado, sobre principios y valores seculares, o laicos. Las religiones han perdido paulatinamente el poder que ostentaron en todas las esferas del poder público, en particular en Colombia durante los 107 años de vigencia de la Constitución de 1886.
No es bueno tampoco defender el total rechazo a la confesionalidad. Para la garantía y el goce efectivo de las libertades de conciencia, religión y culto, los organismos del Estado deben proteger las actividades confesionales propias de las distintas Iglesias. Es preferible entonces un Estado laico, en lugar de ateo o agnóstico. Para garantizar esas libertades precisamente es que se reivindica la laicidad, la cual no es solo un elemento propio de las democracias constitucionales que conduce a diseños institucionales en los que las instituciones estatales y religiosas estén separadas, sino también un proyecto cultural orientado por el antidogmatismo y fundado en el respeto a la tolerancia que impone el pluralismo. Esta es la dimensión axiológica del proyecto político e intelectual laico.
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