Origen nazista y marxista del Nuevo Derecho (II)
24 de Junio de 2015
Javier Tamayo Jaramillo
Exmagistrado de la Corte Suprema de Justicia y tratadista
Me escribe un lector y se queja de mi “lamentable” artículo anterior, en el que cité al autor alemán Ingo Muller, quien explicaba sentencias de los tribunales nazistas que aplicaban sin piedad el activismo judicial, antes de que Hitler asumiera el poder. El lector tenía la razón, pero le expliqué que por falta de espacio, no pude exponer el paso siguiente del método utilizado por el totalitarismo marxista o fascista para tomarse y ejercer el poder. Ese paso es el siguiente:
El derecho de los jueces o Nuevo Derecho no es una interpretación jurídica, sino un arma de lucha política, que busca destruir el derecho vigente, con miras a instaurar un régimen unipartidista. El activismo judicial del Nuevo Derecho y sus ancestros es un medio político de lucha de clases, y no un fin pacífico del Estado de derecho. Ellos, ante la imposibilidad de llegar al poder por las armas o por los votos, se inventaron la brillante idea de cambiar lentamente, mediante sentencias contrarias a la ley, el derecho vigente y legítimo, lo que genera, al final, una desinstitucionalización caótica, y el partido único, marxista o fascista, aprovecha esa circunstancia para tratar de asumir el poder. En esas estamos.
Y una vez en el poder, su activismo judicial se acaba, pues se redactan nuevas leyes, que no permiten discrecionalidad alguna y sus precedentes se tornan obligatorios. ¿Creen los partidarios del Nuevo Derecho que cuando el marxismo asuma el poder, la Corte Constitucional podrá hacer las audacias que hoy hace supuestamente para materializar el Estado social de derecho? ¿Por qué los doctrinantes del Nuevo Derecho defienden al mismo tiempo el activismo judicial y avalan la condena por prevaricato al juez que desconoce un precedente de la Corte? ¿No hay allí una insalvable contradicción? Ganada la batalla política por el fascismo o por el marxismo, el juez que se salga de la fila irá a la prisión como mínimo. Y lo mismo le pasará al doctrinante que defienda el activismo judicial, pues ello atenta contra el poder del partido único. De hecho, el caos institucional y judicial ya existe en Colombia. Basta ver la extralimitación de funciones de un fiscal que mete sus narices en asuntos que no son los suyos. Que tiene ínfulas de soberano. Y que, según su ideología o sus intereses, imputa o absuelve a los procesados penales. Lo mismo cabe decir del procurador que anda por el mundo entero, defendiendo sus ideas en lugar de estar en el país cumpliendo con sus obligaciones.
Miren hacia la Alemania de que habla Muller al final de su obra, hacia Venezuela o hacia Cuba. Ganada la lucha de los jueces contra las otras ramas del poder, y la lucha de clases que propone López Medina, ¿este autor seguirá defendiendo el activismo judicial de la ley del partido del proletariado? O ¿el fiscal y el procurador podrán meter sus narices donde no les corresponde? ¿Podrán las cortes y el fiscal pedir una nueva constituyente, poniendo en peligro la estabilidad de la dictadura? El paso que falta en Colombia, y que es inatajable es citar a una constituyente. Y la Corte Constitucional avalará todo.
Pero para poder ganar terreno firme, necesitan que sus precedentes sean obligatorios, para así ir minando el Derecho y la Constitución del Estado social de derecho.
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