Congreso
No pagar derechos de grado no restringiría posibilidad de graduarse
26 de Abril de 2016
La propuesta hace parte de un proyecto de ley radicado en la Cámara que ya fue aprobado en primer debate; esta iniciativa reformaría la Ley 30 de 1992 y favorecería a estudiantes de universidades públicas y privadas.
El texto indica que los únicos derechos pecuniarios que podrán exigir y cobrar las instituciones de educación superior corresponden a:
- Inscripción
- Matrícula
- Realización de exámenes de habilitación, supletorios y preparatorios
- Realización de curso especiales y de educación permanente
- Expedición de certificados y constancias.
Del mismo modo, las instituciones podrán incrementar el valor de estos derechos de forma anual, hasta el valor del índice de precios al consumidor (IPC), establecido por el Departamento Administrativo Nacional de Estadísticas – Dane para el año anterior.
Dentro de otras medidas contempladas se solicita prohibir a las instituciones de educación superior el cobro de derechos complementarios que excedan el 10 % del valor de la matrícula y establecer que a quienes carezcan de capacidad económica comprobada para sufragar los derechos de grado no se les exija su pago, con lo que conservarían el derecho a graduarse. (Lea: ¿Los colegios y universidades pueden publicar, sin su autorización, las notas en internet u otros medios?)
En igual sentido, quienes no cuenten con recursos para pagar el servicio médico asistencial podrán acceder a él sin tener que sufragar la atención; tampoco deberá pagar el estudiante que esté afiliado a una EPS o a servicios complementarios de salud.
Por último, se prohibiría a las universidades el cobro de recargos o incrementos por el pago de la matrícula extemporáneamente. La iniciativa pasa a la plenaria de la Cámara de Representantes para su estudio en segundo debate.
(Cámara de Representantes, texto definitivo P. L. 087/15C, Abril 25/16)
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