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La prescripción de la sanción penal

19 de Mayo de 2014

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Francisco Bernate Ochoa

Coordinador del Área de Derecho Penal de la Universidad del Rosario

Twitter: @fbernate

 

En materia penal, la mayoría de sistemas de influencia romano-germánica contemplan la prescripción como un mecanismo que impide el ejercicio de la acción penal cuando ha pasado un determinado lapso de tiempo sin que se haya realizado una determinada actuación, como puede ser el inicio del juicio o del proceso de una manera formal. En estos sistemas, no solamente prescribe la acción penal, sino que, pasado un tiempo sin que la sanción penal se haya hecho efectiva, el Estado pierde el derecho a materializarla.

 

La prescripción claramente supone un escenario de impunidad, y de allí que no esté exenta de críticas y cuestionamientos, pero la realidad es que es un mecanismo que descarga el sistema penal, al evacuar casos en los que, por el paso del tiempo, ya no es posible investigar los sucesos delictivos, o en los que una eventual sanción ya no tendría sentido.

 

Nuestro país siempre ha tenido reglas sumamente claras en materia de prescripción de los delitos y las sanciones, mismas que desde las entidades encargadas de la persecución y el juzgamiento de los delitos han sido modificadas de facto, como sucedió cuando se creó, por vía interpretativa, la categoría de los delitos de lesa humanidad, que no está plasmada en nuestro código, y vemos con tristeza cómo por esta misma vía los derechos de los ciudadanos se van cercenando una y otra vez.

 

Al ser la prescripción un derecho del procesado o del condenado, en tiempos donde la arbitrariedad y la denominada “tolerancia cero” frente al delito campean, todos los días encontramos una teoría nueva para negar la operancia de este fenómeno. En últimas, cualquier invento es válido con tal de justificar la condena a quien se asume como culpable desde el principio, en un sistema que hace mucho tiempo se olvidó de las garantías, como el nuestro.

 

En EE UU, el gran debate tiene que ver con un caso en el que un ciudadano, hace 13 años, fue condenado por un atraco a un restaurante. Proferida la condena, su abogado interpuso un recurso y resultó que, mientras para el sistema el condenado estaba internado en prisión, en la realidad no lo estaba, pues gozaba de libertad. Al darse cuenta del error, su abogado le aconsejó no entregarse a la autoridad, de manera que continuó con su vida normal, llegando a tener un empleo regular, aportar al sistema de impuestos y tener una familia ejemplar. En últimas, es un caso curioso en el que la función resocializadora de la pena operó estando el condenado en plena libertad. La viva prueba de que el sistema penal no sirve para nada.

 

Al mejor estilo de las autoridades colombianas, en un espectacular operativo que incluyó decenas de hombres armados y toda una orgía de uso desmedido de la fuerza, cuando las agencias judiciales se dieron cuenta de su error, procedieron a capturar a este ciudadano, que hoy se encuentra detenido, apenas iniciando a cumplir una condena que lo mantendrá tras las rejas durante 13 años.

 

La totalidad de la comunidad estadounidense, incluida la víctima del asalto, se ha manifestado a favor de la libertad del ciudadano, que hoy encarna lo que ha de ser un americano ejemplar. Por su parte, las autoridades encargadas de la persecución penal han insistido en la necesidad de que se cumpla la totalidad del castigo. Amanecerá y veremos. Menos mal los hechos ocurrieron en un país donde la palabra garantías tiene cabida más allá del sistema crediticio.

 

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