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La crisis de la Corte Constitucional y las maneras de superarla

16 de Marzo de 2015

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Gonzalo A. Ramírez Cleves

Profesor de Derecho Constitucional

 

Lo mejor que se puede hacer en tiempos de crisis es ser conscientes de esta, para así poder enfrentarla y superarla. Esto pasa con nuestra Corte Constitucional, que se encuentra ahora en una situación crítica. Como constitucionalista y ciudadano pienso que lo mejor que se puede hacer ahora es pensar en fórmulas de solución no solo para afrontar la crisis, sino para establecer medidas que logren fortalecer una institución tan importante para el sostenimiento de la democracia constitucional en nuestro país.

 

La Corte Constitucional se convirtió, para los colombianos, en la institución más respetada desde que se promulgó la Constitución de 1991. A través de la acción de tutela, los ciudadanos encontraban cómo defender sus derechos fundamentales de una forma rápida y sencilla, ya que la Corte iba decantando jurisprudencia en materias que se referían a problemáticas de los menos favorecidos de la sociedad, como las personas en situación de desplazamiento, las madres cabezas de familia, las víctimas de la violencia, las personas discriminadas y los grupos más vulnerables.

 

David Landau, investigador de la Universidad de Harvard, analizando el rol de la Corte Constitucional, escribió que desde el punto de vista del derecho comparado, la Corte Constitucional colombiana era la más importante del mundo, por su independencia y progresismo, superando a otras cortes y tribunales constitucionales como la Corte Constitucional sudafricana o la Corte Suprema de la India, que también se caracterizan por su innovación y progresismo.

 

Ahora, la Corte Constitucional afronta la peor crisis de su historia, ya que uno de sus magistrados se encuentra cuestionado por un supuesto tráfico de influencias y corrupción. En mi opinión, esta crisis se puede explicar estructuralmente por causas relacionadas con la selección de los miembros de la Corte y las competencias y el juzgamiento de los miembros de la corporación.

 

En cuanto a la elección de los magistrados, se ha comprobado que muchas veces priman más los criterios políticos que los jurídicos, circunstancia que se evidencia, por ejemplo, con las designaciones presidenciales y aun en las designaciones de algunas de las ternas de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado, en donde se evidencia que los magistrados tienen muchas veces escasos méritos y preparación para el cargo y su elección depende de sus cercanía con el Gobierno o con los organismos de control que determinan su elección. Por otra parte, la designación final por parte del Senado de la República tiene un matiz político, ya que el candidato debe contar con el apoyo de parlamentarios y partidos políticos.

 

En cuanto a las funciones de la Corte, se tendría que reformar, como ya se está haciendo después de la crisis, el método de selección de tutelas, para que existan unos criterios claros con la vigilancia de organismos de control y parte de miembros de la sociedad civil. Se debe proveer por la publicidad en audiencias del trámite y explicar claramente a través de autos las razones de la escogencia de la tutela por los criterios de importancia temática, cambio de jurisprudencia o error manifiesto de los fallos de instancia.

 

De otra parte, se ha constatado que resultan problemáticas las llamadas tutelas contra sentencias, especialmente de altas cortes, que no solo ha dado lugar al llamado “choque de trenes”, sino también a que la Corte Constitucional se haya convertido en el tribunal de última instancia para litigar juicios de índole penal, civil, administrativa e incluso fallos arbitrales, materias en las cuales la Corte no cuenta con la suficiente experticia y en donde la labor probatoria se hace dispendiosa y compleja.

 

Igualmente, se debe pensar en eliminar las competencias electorales de la Corte Constitucional, en cargos como los de Contralor, Registrador y magistrados del Consejo Superior de la Judicatura, función que politiza a la Corte, por los intereses burocráticos que representa dichos cargos.

 

Finalmente, la crisis de la Corte ha evidenciado las limitaciones que se tienen en materia de juzgamiento de sus miembros, ya que no se cuenta con mecanismos idóneos para cumplir con las funciones de investigación y juzgamiento de parte del Congreso, que garanticen que se puedan llevar a cabo de forma eficiente y expedita dichos procesos.

 

Los que trabajamos alguna vez en la Corte, los académicos y los ciudadanos debemos buscar fórmulas de solución para que nuestra querida Corte Constitucional supere esta crisis, pensando en el mejoramiento y mantenimiento de una institución que ha sido abanderada de la defensa de los derechos de los más vulnerables y desprotegidos. Las críticas deben ser constructivas, es decir que deben estar orientadas a fortalecer y depurar al organismo, y no críticas destructivas que pretendan aprovechar el momento para poner en riesgo lo conseguido por la institución, para minarla.

 

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