Al Margen
EmbaraS.O.S.
10 de Febrero de 2015
La Corte Suprema de EE UU tiene en sus manos la decisión de un caso que, de fallarse a favor de las pretensiones de la demandante, podría ser un hito en materia de equidad de género y protección de la población vulnerable en ese país.
En el 2006, Peggy Young, una trabajadora de la compañía de mensajería UPS, tuvo que solicitar una licencia no remunerada para atender su embarazo, debido a que la empresa no accedió a reubicarla en un cargo que no le implicara cargar paquetes de más de 20 libras, como se lo había recomendado su obstetra.
La compañía alegó que la situación de Young no encajaba dentro de las causales establecidas para reubicar a un trabajador, que incluyen la pérdida de la capacidad laboral, como consecuencia de un accidente de trabajo; sufrir un impedimento cubierto por la Ley de Discapacidades, incluso cuando no tiene relación con el trabajo, y estar incapacitado para conducir, lo que también cobija a quienes han sido sancionados por manejar bajo el efecto de sustancias prohibidas.
Inexplicablemente, el embarazo, según las políticas empresariales, no está cubierto con ese beneficio. Por lo tanto, las mujeres que no pueden seguir cumpliendo las labores para las que fueron contratadas deben tomar una licencia, con la consecuente pérdida de la cobertura médica que demanda su estado de gravidez.
Es por esto que, para Lenora Lapidus, directora del Proyecto de Derechos de la Mujer de la Unión Americana de Libertades Civiles, “el caso es muy importante, pues las mujeres embarazadas no deberían tener que elegir entre su trabajo y su embarazo, que es exactamente lo que UPS obligó a hacer Peggy Young”, según lo informa el portal usnews.com.
Cabe recordar que, en 1978, el congreso estadounidense aprobó la Ley de Discriminación por Embarazo, que les garantiza a las mujeres embarazadas la protección que brindan las leyes contra la discriminación sexual. Esa norma, que modificó el título VII de la Ley de Derechos Civiles, obliga a los empleadores a tratar a estas trabajadoras de la misma manera que a las que no están embarazadas y tienen similares habilidades o discapacidades.
Pero UPS alega que su política solo violaría esa normativa, si se basara en una discriminación por causa del embarazo, tema ante el cual se considera neutral. En otras palabras, argumenta que a las trabajadoras que no están en embarazo también se les podría negar la reubicación, a pesar de tener una lesión o sufrir una condición que aminorara su capacidad laboral. Así las cosas, acceder a las pretensiones de la demandante implicaría que las trabajadoras embarazadas gozaran de un trato preferencial, sostiene.
Aunque en octubre pasado la compañía anunció que cambiará su política, de manera que las empleadas en estado de embarazo puedan ser reubicadas en cargos que impliquen un menor esfuerzo físico, también sostuvo que defenderá la posición asumida en este caso, ante la Corte Suprema.
Los fallos de primera y segunda instancia, proferidos por un juez de distrito y una Corte de Apelaciones, respectivamente, respaldan la posición de UPS. Pero el Departamento de Justicia de EE UU apoya los argumentos de la demandante, en el sentido de que el empleador no puede hacer distinciones basadas en el origen de las limitaciones del empleado. ¿A quién le dará la razón la Corte?
(Fuentes: usnews.com y jdsupra.com)
Opina, Comenta