Opinión
El feminismo judicial es un mandato constitucional
07 de Julio de 2015
Mónica Roa Especialista en uso del Derecho para la promoción del cambio social y en equidad de género
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Si le preguntamos a una persona en la calle qué es la democracia, seguramente responderá que es el gobierno de las mayorías ejercido a través de aquellos elegidos mediante el voto popular, es decir, las ramas Ejecutiva y Legislativa. La Rama Judicial rara vez entra en esta definición tradicional. Por esta razón, son los políticos y no los jueces quienes tienen mayores incentivos para responder a lo que quieren los votantes. Pero una democracia no está completa sin una Rama Judicial que garantice el respeto de los derechos de las personas.
El mes pasado vimos al Poder Legislativo aprobar la creación del tipo penal de feminicidio, un resultado de la lucha de grupos de mujeres de diferentes partes del mundo que han logrado evidenciar el problema, ponerle nombre y crear una movilización ciudadana (de votantes) que exige una solución. Celebrado por muchas y cuestionado por otras, ya que puede subir el nivel probatorio y reducir las condenas, el hecho parecía enviar un mensaje a la sociedad colombiana de que el tema empieza a tener la respuesta que amerita.
No habían pasado 24 horas, cuando se conoció que una fiscal dejó en libertad al violador de Jineth Bedoya. Con esta decisión, la Fiscalía envió un mensaje radicalmente opuesto: si alguien como Jineth no obtiene justicia, nadie puede siquiera aspirar a ella.
Aunque la Fiscalía intentó rectificar su accionar el día siguiente, todo lo sucedido ilustra, a mi juicio, el reto que enfrenta la lucha por las reivindicaciones de las mujeres: el debate por el reconocimiento normativo de nuestros derechos está ganado -fue la gran victoria de la generación anterior de feministas-, pero de nada sirven tratados internacionales y regionales de derechos humanos, constituciones y códigos penales que protegen a la mujer, si los operadores judiciales no se dan por aludidos con este mandato.
El foco, por ende, ya no debería estar tanto, o al menos no solo en la creación de normas, sino en su efectiva aplicación por parte de fiscales y jueces. La pregunta es cómo crear incentivos para ellos por parte de una ciudadanía que nada tiene que ver en su elección.
El ejemplo perfecto ocurrió hace pocas semanas, en Argentina. El juez Piombo del Tribunal de Casación de Buenos Aires atenuó la pena que le impusieron a un violador, argumentando que el hecho no había sido “gravemente ultrajante”, puesto que la víctima de seis años no era virgen y tenía preferencias homosexuales ya definidas. La indignación social no se hizo esperar y, en un hecho sin precedentes, se logró su retiro de la Rama Judicial y la expulsión de la Universidad Nacional de La Plata, donde impartía clases.
En Colombia estamos en mora de hacer un control ciudadano más estricto a los funcionarios judiciales que no cumplen con sus funciones en materia de equidad de género. El granito de arena de la organización Women’s Link Worldwide son los Premios Género y Justicia al Descubierto, en los que cada año invitamos a ciudadanos y ciudadanas de cualquier lugar del mundo a nominar las mejores y peores decisiones, y a que usen los premios como plataforma de veeduría social.
Mi sentencia favorita en la edición de este año, la T-878 del 2014, ha pasado relativamente desapercibida, a pesar de lo provocadora y contundente. En una tutela que evalúa la inadecuada respuesta de la Fiscalía y la Judicatura en un caso de violencia de género, la Corte Constitucional colombiana concluye que es un mandato constitucional que todos los jueces del país sean feministas.
Si la conclusión suena demasiado radical, tal vez sea más fácil digerirlo de otra manera: la Constitución exige que la labor judicial se guíe por los principios de igualdad y no discriminación y la obligación de garantizar los derechos de las mujeres, y ese es precisamente el gran objetivo del feminismo.
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