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Actualizado hace 8 minutes | ISSN: 2805-6396

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Obras del pensamiento político


‘El espíritu de las leyes’, de Montesquieu

12 de Marzo de 2013

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Sara Posada Isaacs y Andrés Mejía Vergnaud

 

La evolución del pensamiento de los siglos XVII y XVIII, bajo el estandarte del movimiento ilustrado francés, exhortó a discutir, entre otras cuestiones políticas, religiosas y morales, las ideas de libertad y poder subyacentes en los diversos modelos políticos de la época, siendo la Francia absolutista de Luis XV uno de los referentes críticos de uno de los pensadores ilustrados más decisivos: Montesquieu.

 

Charles de Secondat, más conocido como Montesquieu en virtud del título que heredó tras la muerte de su tío el barón de Montesquieu, nació el 18 de enero de 1689 en Burdeos (Francia), procedente de una familia noble. A pesar de su origen aristocrático y conservador, Montesquieu fue un reacio opositor a los modelos de gobierno despóticos y consideraba caducas algunas formas e instituciones de las monarquías absolutas. Esta visión, junto con su idea de equilibrio de poderes, le permitieron influir de manera determinante en la formación del pensamiento y la conciencia burguesa de la época, y por consiguiente, en los movimientos que se gestarían posteriormente para acabar con los privilegios del absolutismo real.

 

Las disciplinas teóricas de la sociología y la filosofía política se refieren a Montesquieu como uno de los pensadores y escritores ilustrados más importantes de la historia, gracias a dos aportaciones fundamentales: su doctrina de separación de poderes, -Legislativo, Ejecutivo y Judicial-, sobre la cual se asienta el funcionamiento de los sistemas democráticos actuales; y su definición del “espíritu general” de las naciones, según el cual, el vínculo entre régimen político y sociedad viene dado por las características que revisten a esta última: las diversas combinaciones e interacciones de factores geográficos, espaciales, históricos, políticos, religiosos y sociales dan lugar a los distintos tipos de sociedades y sistemas políticos que las rigen, lo que supone el primer intento por explicar sociológicamente todos los aspectos de las colectividades.

 

La formación del pensador

Formado en las universidades de Burdeos y París como abogado, según la tradición familiar, Montesquieu cursó también estudios en la Escuela de Oratoria de Juilly, lo que sin duda contribuyó a sentar las bases de sus habilidades estilísticas y la excelente calidad literaria de sus obras, reflejada en trabajos como Consideraciones sobre la grandeza y decadencia de los romanos (1731-1733); la célebre crítica sarcástica a las costumbres de la sociedad occidental y la corte francesa contada desde los ojos orientales de sus protagonistas titulada Cartas persas (1721), que le valió el ingreso a la Academia Francesa; y las mundialmente reconocidas El espíritu de las Leyes (1748) y La defensa de ‘El espíritu de las leyes’ (1750).

 

Huérfano de madre desde niño, quedó bajo la protección de su tío, luego de que su padre también falleciera. El amparo del barón de Montesquieu permitió que el pensador francés ejerciera como consejero del Parlamento de Burdeos, del que también hacía parte su tío. Tras la muerte de este heredó, además del título nobiliario y su fortuna, el cargo de presidente del Parlamento (1716-1727). Sin embargo, los trajines parlamentarios no resultaron de gran atractivo para Montesquieu, quien aburrido de la labor magisterial, vendió su cargo y decidió viajar por Europa con el propósito de conocer las instituciones de cada país. Inglaterra se convirtió en su admiración particular, siendo el modelo de separación de poderes de la sociedad política de Locke el que apoyaría el posterior desarrollo de su principal obra, El espíritu de las Leyes, de 1748.

 

Montesquieu murió el 10 de febrero de 1755.

 

El espíritu de las leyes

En un esfuerzo por entender la obra de Montesquieu, podría decirse que El Espíritu de las leyes es la descripción de las diversas formas de gobierno que se ven influidas por las idiosincrasias de los grupos que la integran, las cuales, a su vez, están condicionadas por factores externos de carácter geográfico o histórico que además son responsables a la hora de definir la naturaleza de la leyes que rigen dicha sociedad.

 

A la manera de la Política de Aristóteles, Montesquieu hace una enumeración de sistemas políticos, y destaca tres tipos de gobierno: la república, la monarquía y el despotismo, cada uno de los cuales se encuentra determinado por un sentimiento político propio: la virtud, el honor y el temor.

 

Para Montesquieu, la forma más alabada es la república, -entendida bajo las formas de democracia y aristocracia-, la cual, al construirse sobre la virtud ciudadana, es capaz de generar la libertad y la igualdad para sus ciudadanos, dado que una parte del pueblo tiene el poder soberano. En cuanto a la monarquía, pese a que solo uno gobierna, Montesquieu reconoce la posibilidad de alcanzar dentro de ella la libertad, a través de la separación de poderes y el refuerzo de los cuerpos intermedios; por el contrario, en el despotismo, la imposición de la ley no concede libertad y sí confiere en cambio una igualdad basada en el temor de los súbditos por el regente.

 

Como muchos otros de los ilustrados, de los pensadores de su tiempo, Montesquieu fue admirador del sistema británico. Lo cual resulta normal, si tenemos en cuenta que ya desde el siglo XVII los británicos habían avanzado en la reforma de su sistema político y en el abandono del absolutismo; parte de este proceso fue cruento, pero su resultado fue una constitución no escrita que a muchos pareció la más sabia, por cuanto conservaba la institución real, pero daba gran parte del poder al Parlamento, cuerpo electivo y representativo. Se consagraron además derechos y libertades individuales.

 

Reflexionando entonces sobre las virtudes del sistema político británico, Montesquieu encuentra que en la Constitución de Inglaterra yace la condición esencial de la libertad política y el freno a la corrupción despótica de los gobiernos, representada en la separación de poderes: quien detenta el poder de ejecutar (el monarca); quien hace la ley (la aristocracia, representada en las cámaras), y quien posee la facultad de juzgar dicha ley (los jueces). Es esta la teoría que ha hecho de El espíritu de las leyes uno de los más grandes clásicos del pensamiento universal. En pocos casos una idea filosófica llega a ser tan corriente, tan conocida y tan aceptada como esta: en la mayoría de sociedades occidentales o expuestas al pensamiento de occidente, incluso los escolares están familiarizados con la teoría de la separación de poderes, y con la idea de que dicha separación es un elemento esencial de la libertad. La separación cumple tres papeles principales. Un papel funcional, consistente en especializar a diversos órganos del poder en el cumplimiento de ciertas funciones, y por tanto hacer más efectiva la labor de gobierno. En segundo lugar, la función de desconcentrar, es decir, de evitar la acumulación de poderes en un mismo cuerpo, sobre todo si dicha acumulación puede dar lugar a arbitrariedades; lo que sucedería, por ejemplo, si el mismo poder Ejecutivo tuviera la capacidad de juzgar y condenar ciudadanos. Finalmente hay en esto una función de control mutuo: los poderes y los órganos se dividen no solo para evitar la acumulación de poder y de competencias, sino también para que entre ellos ejerzan un control mutuo de sus actuaciones, control que por supuesto ha de obedecer a normas constitucionales y legales. Así, por ejemplo, se instituye para el Legislativo electo la función de hacer control político sobre el Ejecutivo.

 

Además de esta célebre doctrina, la obra es conocida por otro gran aporte. Montesquieu es el primer filósofo moderno que de manera sistemática reflexiona sobre la relación entre el sistema político y su entorno, lo cual comprende los aspectos geográficos, climáticos, bióticos y humanos. En lo que refiere a la naturaleza de las leyes, Montesquieu atribuye una  influencia particular a factores externos determinados por peculiaridades geográficas y climáticas, que tienen la misma importancia que las características históricas, políticas, sociales y religiosas e intervienen a la hora de configurar las leyes que regirán una sociedad. De esto modo, la  influencia que  sobre las sociedades, sus costumbres y sus instituciones ejercen dichos factores define también a cada forma de gobierno, correspondiéndole las leyes acordes a tal interacción. No en vano, a Montesquieu se le considera el fundador de la Sociología. Y en cualquier caso, habría que reconocerle el haber avanzado en una doctrina que en sí misma constituye un tabú para muchos, acostumbrados a pensar que los valores políticos deben ser universalmente aplicables del mismo modo y en el mismo grado.

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