14 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Opinión / Columnistas


El día de la madre y el aniversario del aborto

26 de Mayo de 2015

Reproducir
Nota:
18003
Imagen
opinion20mroa1-1509242752.jpg

Mónica Roa

Especialista en uso del Derecho para la promoción del cambio social y en equidad de género 

 

 

El 10 de mayo pasado conmemoramos, al mismo tiempo, el día de la madre y los nueve años de la sentencia que reconoció el aborto como derecho de las mujeres y las niñas en Colombia, cuando su vida o salud física o mental están en riesgo, cuando el embarazo es el producto de una violación o cuando hay un diagnóstico probable de malformación fatal del feto. Al mismo tiempo, seguimos impotentes el drama de una niña de 11 años en Paraguay, violada por su padrastro, a la que en virtud de una protección del “derecho a la vida desde la concepción”, no le han dado la opción de interrumpir el embarazo.

 

Para muchos parecerá un exabrupto hablar de maternidad y de aborto al mismo tiempo, pero la Corte Interamericana de Derechos Humanos enmarca los dos debates en las principales conclusiones del caso Artavia Murillo y otros v. Costa Rica, del 2012, según el cual el derecho a la vida desde la concepción no es absoluto, sino incremental, y solo se protege de manera plena en el momento del nacimiento. Adicionalmente, establece que si bien el interés de proteger la vida prenatal es legítimo, el sujeto de protección del derecho a la vida desde la concepción no es el embrión, sino la mujer embarazada, ya que solo a través del reconocimiento y la garantía de sus derechos es posible proteger la vida prenatal, y este interés no puede, bajo ninguna circunstancia, anular o limitar desproporcionadamente los derechos de las mujeres y las niñas, ni generar efectos discriminatorios. ¡Qué mejor manera de celebrar el día de la madre que reconociéndoles que no pierden sus derechos por el hecho de estar embarazadas y que son sujetos de derecho antes que máquinas reproductivas!

 

Para llegar a esta interpretación, la Corte Interamericana tuvo en cuenta los estándares que existen al respecto en el sistema universal de derechos humanos, los sistemas regionales de Europa y África, la Comisión Interamericana y otros actores latinoamericanos de nivel nacional, que incluyen tribunales nacionales que se han pronunciado frente a este derecho, incluida la Sentencia C-355 del 2006 que estamos conmemorando. La Corte, en tanto organismo de derechos humanos, guió su interpretación por una lógica contramayoritaria que busca garantizar los derechos de las minorías que no encontraron protección en los escenarios de debate democrático tradicional –aquellos elegidos por las mayorías–, y al mismo tiempo aseguró la legitimidad de su decisión al haber tomado en cuenta las más variadas posturas y argumentos, algunos para rebatirlos y otros para reforzarlos, pero todos para reconocerlos como parte del debate y profundizar su carácter democrático.

 

Esta interpretación tiene también la clave para entender que la prohibición de la fumigación con glifosato y la atención urgente al riesgo inminente de mortalidad materna que enfrentan las mujeres embarazadas de la comunidad indígena Wayúu son la manera correcta de proteger la vida desde la concepción, y no como hasta ahora se ha dicho, impidiendo, en virtud de una interpretación dogmática, que mujeres y niñas puedan interrumpir sus embarazos, que las que han tenido relaciones sexuales desprotegidas puedan acceder a la anticoncepción de emergencia o que parejas con problemas de esterilidad puedan acceder a tratamientos de fertilización in vitro.

 

Este cambio de paradigma implica un paso fundamental hacia la garantía de los derechos reproductivos, donde ya se consolida un estándar regional mínimo según el cual los Estados deben asegurar el acceso a servicios de aborto terapéutico a las mujeres y niñas que lo solicitan de manera libre e informada. El reto es empezar a armonizar el debate del derecho al aborto, con las obligaciones que los Estados tienen frente a la protección reforzada a los derechos de las mujeres embarazadas, resaltando que son dos caras de misma la moneda: la decisión autónoma, informada y responsable de ser madre e iniciar una familia, o la de no hacerlo; una decisión que las mujeres tenemos que tomar mes a mes, a lo largo de nuestros 35 años de vida reproductiva.

 

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)