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El caso Lambert: actualidad del debate internacional sobre la eutanasia
La decisión que tome el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre este caso supondrá, sin duda, el nuevo curso que la eutanasia habrá de tomar en el contexto jurídico internacional.
25 de Junio de 2014
Francisco Bernate Ochoa
Coordinador del Área de Derecho Penal de la Universidad del Rosario
Twitter: @fbernate
Vincent Lambert, enfermero siquiátrico de 38 años, sufrió un accidente de tránsito hace más de siete años, que lo dejó en estado tetrapléjico. Durante el tiempo que ha pasado desde este insuceso, este caso ha reabierto el debate internacional sobre la eutanasia, en punto de lo que está permitido y lo que no lo está a la hora de poner fin a la vida de un paciente en estado irreversible, la manera en que han de tomarse las decisiones en la fase final de la vida y el concepto de ensañamiento terapéutico.
Los facultativos al cuidado del paciente Lambert, contando para ello con la anuencia de la esposa y parte de la familia del paciente (algunos de sus hermanos), tomaron a principios de este año la decisión de limitar el esfuerzo terapéutico, deteniendo la alimentación e hidratación artificial que lo mantenía con vida. Los padres del enfermo, por su parte, se opusieron a esta decisión, acudiendo al Tribunal Administrativo de Chalons, en Champagne, instancia que les concedió la razón, en tanto que, señalaron, el enfermo presentaba un estado de conciencia mínima, impidiendo la terminación de la vida.
Recurrida esta decisión, el pasado 24 de junio el Consejo de Estado francés autorizó a los médicos del Hospital Universitario de Reims a retirar los cuidados paliativos al paciente Vincent Lambert. Para esta instancia, lo decisivo es que el enfermo había manifestado públicamente su negativa a ser mantenido con vida artificial y que no es posible establecer si aún cuenta o no con facultades mentales.
Contra esta decisión, la familia de Lambert acudió al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, mismo que en decisión del 25 de junio solicitó al Gobierno francés mantener con vida al paciente, mientras se toma una decisión definitiva por esta instancia, dejando en suspenso este asunto, uno de los más discutidos en la jurisprudencia francesa, quizá solo comparable con la decisión del 17 de noviembre del 2000 en el caso del niño Nicolás Perruche, en la que se condenó a los facultativos por no haber informado a la madre sobre una serie de daños fisiológicos en la criatura, que, de haber sido conocidos, hubiesen permitido que los padres acudieran a la interrupción del embarazo.
La decisión que tome el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre este caso supondrá, sin duda, el nuevo curso que la eutanasia habrá de tomar en el contexto jurídico internacional. Desde esta tribuna, consideramos que, en primer lugar, debe permitirse la eutanasia, no solamente en caso de enfermedades terminales, sino también en todo evento en el que el paciente se encuentre en una situación irreversible, sea que esta lo lleve o no fatalmente al deceso y siempre que la misma riña con una vida en condiciones dignas.
En segundo lugar, creemos que la decisión sobre la interrupción de la vida de un paciente en estas condiciones la deben tomar los facultativos encargados de su cuidado, teniendo en cuenta lo que él hubiese querido en vida, la voluntad y el deseo de sus familiares (teoría del consentimiento presunto), pero no deben ser estos últimos quienes tomen la decisión, pues eventos como este nos ponen de presente que es la vida de una persona la que queda en la mitad de toda una discusión, en la que, en muchas ocasiones, lo que menos cuenta es lo que la persona hubiese querido.
Debe el debate internacional, así mismo, evaluar los límites de la eutanasia y determinar si se continuará permitiendo de manera exclusiva la limitación del esfuerzo terapéutico para poner fin a la vida del paciente, lo que se conoce como eutanasia pasiva, o si podemos autorizar también la eutanasia activa, en la que el médico va un paso más allá, para causar efectivamente la muerte del paciente, situación, a hoy, prohibida en la mayoría de países del mundo.
El debate, pues, queda servido. Estamos frente a una decisión histórica que marcará el rumbo de la discusión sobre el derecho a morir dignamente, por lo menos durante la primera mitad de este siglo. Estamos atentos.
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