ETC / Debates constitucionales
El análisis de contexto para la investigación penal
13 de Febrero de 2015
Carlos Bernal Pulido Profesor de Derecho Constitucional y Filosofía del Derecho, Universidad Externado de Colombia |
El Acto Legislativo 01 del 2012, creador del Marco Jurídico para la Paz, ha inaugurado un sistema de justicia transicional que atribuye a la Fiscalía General de la Nación la competencia para determinar criterios de priorización para el ejercicio de la acción penal. En ejercicio de esta competencia, la Fiscalía General de la Nación ha trasplantado desde el derecho internacional, y sobre todo desde el derecho interamericano de derechos humanos, una metodología de investigación penal: el análisis de contexto. A diferencia del modelo anterior, basado en la investigación de cada delito como un fenómeno individual, el análisis de contexto busca permitir la indagación de las conductas delictivas no como hechos aislados e inconexos, sino como el resultado del accionar de organizaciones delictivas dentro de un determinado entramado de conexiones sociales, políticas y económicas.
El trasplante del análisis de contexto da lugar a problemas conceptuales y analíticos. Hace pocos días, ha visto la luz un volumen colectivo en el que expertos de varias disciplinas examinamos dichos problemas. Los problemas conceptuales se relacionan con la definición del análisis de contexto y la función que cumple dentro de la investigación penal. El problema analítico capital es si el trasplante de esta metodología desde el derecho internacional hasta el derecho penal interno es compatible con la Constitución, en general, y con los derechos fundamentales de los imputados y de las víctimas, en particular.
La investigación mancomunada concluye que el análisis de contexto cuenta con credenciales respetables que la califican como una metodología idónea para hacer más eficaz el sistema penal. Empero, en el ámbito doméstico, esta metodología solo puede cumplir de forma legítima la función de heurística para la investigación penal, durante e incluso tras un marco de justicia transicional, pero no puede ser sucedáneo de prueba para la atribución de responsabilidad penal. Mientras la Corte Interamericana de Derechos Humanos puede basar sus decisiones en la construcción de un contexto para decidir a favor de la víctima en caso de duda, un tribunal penal interno está vinculado por la presunción de inocencia, que no puede darse por desvirtuada en razón de una construcción de contextos que se pretenda hacer valer para acreditar la comisión de determinados ilícitos. Así mismo, el análisis de contexto debe configurarse de una forma compatible con todas las exigencias del debido proceso y de los demás derechos fundamentales.
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