Verbo y gracia
Diccionario jurídico
08 de Marzo de 2017
Fernando Ávila
Fundación Redacción
Hace un año la Real Academia Española presentó oficialmente al público el Diccionario del español jurídico, DEJ, que ahora está en línea a disposición de todo el mundo.
Dice la presentación que se trata del primer diccionario jurídico elaborado con los mismos criterios lexicográficos del Diccionario de la lengua española, DLE, es decir, sin explicaciones innecesariamente extensas de carácter enciclopédico, y con definiciones breves. A veces demasiado breves, por lo que se ha podido ver.
He aquí algunos botones de muestra.
proyecto
‘Documento previo a la ejecución de una construcción, instalación, obra o cualquier otra actividad, que la define o condiciona de modo necesario’. Más claro no canta un gallo. El proyecto no es la obra, como muchas veces se dice, “El proyecto tuvo un costo de 2 billones de pesos”. ¡Imposible! Lo que tuvo un costo de 2 billones fue la obra. El proyecto apenas costó unos pocos millones. ¡Precisión, señores, precisión!
compulsar
La manida frase “La Procuraduría compulsó copias a la Fiscalía”, hasta ahora criticada como incorrecta, pues según el DLE, 2014, compulsar es ‘cotejar una copia con el documento original para determinar su exactitud’, es válida a la luz de la nueva definición que de compulsar da el DEJ: ‘copiar, trasladar una escritura, un instrumento o un auto, una vez verificado judicialmente o cotejado con su original’. Antes insistíamos en que la frase correcta era “La Procuraduría envió copias compulsadas a la Fiscalía”. Ahora, gracias al nuevo lexicón para abogados ya sabemos que la frase de marras es correcta.
apelar
El DEJ peca en este caso de laconismo. Solo dice que apelar es ‘invocar’ o ‘interponer un recurso de apelación’. Afortunadamente ya el DLE, 2014, había modernizado su doctrina sobre el uso de este verbo, originalmente intransitivo, es decir, con obligado uso de preposición, “La defensa apeló de la decisión del juez”. Ahora presenta también el verbo como transitivo, lo que exime de la preposición, “La defensa apeló la decisión del juez”, tal como lo usa la mayoría de escritores jurídicos, y tal como lo había aprobado ya el Diccionario panhispánico de dudas, 2005, al advertir que “hoy es más frecuente su uso como transitivo”.
incautar
La definición de este verbo matiza jurídicamente la del DLE, ‘privar a alguien de uno de sus bienes en ejecución de una garantía o como consecuencia de la relación de estos con un delito, falta o infracción administrativa’, pero evade la cuestión gramatical. La duda de todos los días es si se usa como pronominal e intransitivo al estilo de la Policía Nacional, “La policía se incautó de un maletín de cocaína”, que es el régimen de conjugación que valida el DLE, o como transitivo, “La policía incautó un maletín de cocaína”, forma sencilla que corresponde más al uso habitual y está registrada como válida por el Panhispánico.
adolecer
‘Tener algún defecto o sufrir de algún mal’, breve y contundente como lo promete la presentación. A ver si así dejamos de oír que “El deudor adolece de recursos” o que “El cajero automático adolece de seguridad”, pues ni recursos ni seguridad son mal o defecto. Tal vez “El deudor adolece de falta de recursos” y “El cajero adolece de inseguridad”. Para más rotundidad, el DEJ da este ejemplo: “El escrito no adolece de defecto alguno”.
habeas data
Y por fin un diccionario normativo registra esta locución de la era moderna, los tiempos del Gran Hermano. Según el DEJ, habeas data es la ‘acción constitucional que puede ejercer cualquier persona incluida en un registro de datos para acceder al mismo y recabar la información que la afecte, así como para solicitar su eliminación o corrección’ y ‘derecho a la propia intimidad informática, que confiere a su titular un derecho de control sobre los datos’.
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