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Columnistas


Derecho de petición y arrogancia del poder

13 de Diciembre de 2013

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Mariela Vega de Herrera

Mariela Vega de Herrera

Abogada especialista en Derecho Administrativo

marielavega70@hotmail.com

 

 

 

Con tono despectivo y para desprestigiar la más democrática institución consagrada por el Constituyente del 91, un reciente artículo periodístico denominó “tutelatón” al legítimo ejercicio de la acción contenida en el artículo 86 de la Carta por parte de exservidores públicos, para defensa de derechos legalmente adquiridos y de conquistas irrenunciables de la civilización, como el debido proceso y otros derechos fundamentales.

 

En su proditorio empeño denomina con el escandaloso mote de “megapensiones” los reclamos formulados, sin reparar en sus particularidades y diferencias. Como si los servidores de la justicia después de varias décadas de labores carecieran del derecho a pensionarse igual a dignatarios de la Rama Ejecutiva como expresidentes de la República y altos mandos de la fuerza pública.

 

El ataque contra el único instrumento medianamente eficaz para defender derechos fundamentales, implícitamente propone la eliminación del instituto o, por lo menos, su drástica reforma para reducirlo a su mínima expresión. Mediante la falacia de considerar las numerosas acciones e inferir un supuesto abuso, el sofístico razonamiento deliberadamente omitió reparar que son las actuaciones estatales, transgresoras de la ley, la causa de tales demandas. En la carencia y el fracaso de políticas públicas está la fuente de inconformidades generadoras de tutelas, como ocurre, por ejemplo, en materia de salud y pensiones. Su ejercicio proviene de los afectados por la arrogancia del Gobierno que, apoyado en “histórica” pero controvertida sentencia, sacrificó caros principios del Estado de derecho bajo el pretexto del respeto por la equidad social y la sostenibilidad fiscal. Como si los pensionados judiciales, o mejor, sus mesadas, fuesen responsables de las inequidades que le dan a Colombia uno de los mayores puntajes en materia de desigualdad social.

 

Incontrovertible la prevalencia del interés general sobre derechos individuales, aun sobre los adquiridos con justo título; pero para modificar situaciones particulares legal y debidamente consolidadas, debe observarse el debido proceso. Así lo manda la Constitución. La “tutelatón” procura el respeto a ese debido proceso y a las normas que lo desarrollan. La Administración, de manera inconsulta, desconoció actos jurídicos creadores de situaciones particulares y concretas con la excusa de recuperar la equidad social; adoptó medidas atentatorias contra derechos legítimamente adquiridos por ciudadanos de la tercera edad. Contra esa y otras arbitrariedades se ejerció la tutela.

 

Al atropello contra derechos legítimos precedió la ambientación de censura por parte de los medios, apuntalados en comportamientos desdorosos de algunos dignatarios judiciales. Pero, a más de ilegal, resulta injusto que por conductas particulares e insulares puedan desconocerse actos jurídicos ajustados a la ley. Si alguna pensión fue obtenida mediante fraude, que se sancione al delincuente. Pero mal puede el Estado, con ese pretexto, desconocer derechos reconocidos conforme a prescripciones constitucionales y legales.

 

Ocurrió con instituciones como el ISS, Cajanal, hospitales públicos y dependencias de planeación municipal, a las que primero se desprestigió por supuesta ineficacia, para luego suprimirlas, como requisito para entregar funciones estatales a particulares y permitir el enriquecimiento de unos cuantos. Ahora también se acudió primero al desprestigio, a la difamación indiscriminada de la institución pensional de los servidores de la justicia, para proseguir con un raponazo, el del desconocimiento abusivo de los actos jurídicos otorgantes, de manera que el estropicio fue recibido y calificado como decisión “valiente” por los mismos medios.

 

Los afectados acuden a la tutela como mecanismo eficaz para la protección de sus derechos conculcados con violación grave del ordenamiento jurídico; y, ante la presión de los medios para descalificar el instrumento, recurren a instancias internacionales buscando amparo para sus reclamos, porque algo debe hacerse en defensa del Estado de derecho. Ningún pretexto es válido para desconocer derechos adquiridos con justo título, ni para obviar el debido proceso.

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