Al Margen
¡Ah condenado!
24 de Marzo de 2015
Un recluso condenado a cadena perpetua en Argentina, que se dedicaba a labores de panadería en un penal de Buenos Aires, decidió pedir una indemnización por despido injustificado, luego de que las autoridades penitenciarias decidieran cambiar su lugar de reclusión.
Renzo Germán Ranieri, que en el 2004 fue sentenciado por el homicidio de un sargento de la policía en un enfrentamiento que tuvo lugar al intentar robar una confitería, reclama cerca de 60.000 pesos argentinos (unos 18 millones de pesos colombianos), por el perjuicio que ese traslado les causó a sus derechos laborales como interno.
Al respecto, el procurador federal del Servicio Penitenciario, Francisco Mugnolo, en entrevista con un canal de noticias, afirmó que es necesario discutir el tema del Derecho Laboral en la cárcel, pues “está todo desarmado, todo patas para arriba”. “Estas cosas suenan injustas, porque son injustas para todos, pero la posición sería otra si todos los argentinos que están libres y no tienen trabajo pudiesen tener un empleo, en blanco, como debe ser”, agregó.
Similar opinión tiene el abogado Gustavo Liebau, también entrevistado por una cadena argentina, quien calificó como inconcebible la pretensión. Según indicó, “la igualdad ante la ley es para los iguales, y no se pueden aplicar normas previstas en el Derecho Laboral a personas que cumplen una condena”.
La discusión no es nueva en ese país, ni es ajena a los escenarios jurídicos. A finales del 2014, la Cámara Federal de Casación Penal, al aceptar un hábeas corpus colectivo, advirtió que la lucha contra la inseguridad solo será posible si se les brinda empleo a los presidiarios. Por esa razón, ordenó crear un régimen laboral a su favor, que consagre los mismos derechos que tienen las personas libres.
Según el fallo, “para cualquier preso que trabaje no pueden dejar de gobernar como estándares –entre otros– el derecho a la remuneración y la regla de asimilación al trabajo libre, con todos sus alcances (vgr. asignaciones familiares, obra social, cobertura frente a accidentes de trabajo, capacitación laboral, agremiación) por imperio del principio de progresividad. En este ámbito, como en el medio libre, nunca es tan necesario recordar el eterno adagio: el trabajo digno dignifica al hombre”.
La sentencia afirma que el 59 % de los presos no accede a ningún trabajo remunerado, y de los que trabajan, solo el 19 % puede acceder a 40 horas semanales de trabajo en esas condiciones. De esa manera, agrega, 8 de cada 10 presos no gozan de los derechos laborales consagrados en la Constitución.
Previamente, el Sindicato Único de Trabajadores Privados de la Libertad (Sutpla) había logrado que algunos internos cobraran un salario mínimo de 4.400 pesos argentinos por 200 horas de trabajo, a razón de seis horas por día. Al respecto, la representante legal del Sutpla, Mariana Chávez, afirmó que quienes trabajan privados de la libertad tienen los mismos derechos que el resto de la población. Sin embargo, la medida, avalada por el gobierno, no ha dejado de levantar polémica, ya que el presupuesto asignado al Servicio Penitenciario Federal ha registrado un fuerte incremento durante los últimos 10 años, hasta superar los 10.000 millones de pesos anuales, sin que tal inversión se vea reflejada en las condiciones de las cárceles, ni en la vida de guardianes y reclusos.
Con todo, lo cierto es que sin un régimen laboral claro, no será extraño que la justicia argentina deba seguir resolviendo pretensiones, descabelladas o no, como las del preso que se consideró injustamente despedido.
(Fuentes: clarin.com y cadena3.com)
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