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Actualizado hace 4 minutes | ISSN: 2805-6396

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General - ÁMBITO JURÍDICO - FIN DE SEMANA


20 grandes juristas de la historia

21 de Julio de 2017

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Intentaremos recordar a juristas destacados para la historia del Derecho que han influido a todos los profesionales gracias a sus aportes teóricos.

 

La línea de tiempo es larga y seguramente son muchos más los nombres que deben estar en una lista tan relevante, más todavía si su valiosa herencia tiene eco en las aulas de las facultades de hoy, donde se forjan los abogados del futuro. 

 

Pensadores de la antigüedad

 

Monumento a Justiniano en Macedonia (Bigstock)

 

(I)     Ulpiano (170 - 228 A. C)

 

Jurista romano, se conoce de él la definición de justicia como la voluntad de tratar a cada cual como se merece. Se pondera su labor como recopilador del derecho vigente para la época.

 

Obra: Se destaca Officio proconsulis, relacionado con la labor de los magistrados y funcionarios imperiales.

 

 

(II)     Gayo (120 - 178 A. C.)

 

Se destaca por ser un compilador al cual acudir para conocer el funcionamiento de las instituciones romanas.

 

Obra: La más célebre de sus obras fue Institutiones o Instituta, que se divide en cuatro libros, la única obra sobre jurisprudencia romana que se ha conservado casi completa. Se considera el punto de arranque del Derecho Romano.

 

 

(III)    Marco Tulio Cicerón (106 A. C. - 43 A. C.)

 

Muy influyente en los abogados romanos de su época, se destacaba por su oratoria. Se recuerda que pronunció el Pro Roscio Amerino, en el cual defendió a Sexto Roscio del parricidio por el que se le acusaba y con el que se pretendía impedirle acceder a su herencia. Es un caso tan famoso que ha sido representado en interesantes documentales.

 

Obra: Vale mencionar sus discursos judiciales de defensa (Pro Archia poeta, Pro Roscio Amerino, Pro Murena, Pro Milone) y de acusación (In Verrem o Verrinas).

 

 

(IV)     Justiniano (483 - 565)

 

Emperador que recopiló todo el derecho romano desde el Edicto Perpetuo de Adriano, creó el Código de Justiniano (Corpus Iuris Civilis), la base jurídica del imperio romano y de todo occidente.

 

Obra: Muy valorada su revisión y compilación del Derecho Romano y por ser el inspirador del Corpus Iuris Civilis (Codex Iustinianus, el Digesto o Pandectas, las Institutas y las Novellae).

 

Fundamentos teóricos

 

Monumento a Montesquieu en Francia (Bigstock)

 

(V)     Bártolo de Sassoferrato (1313 - 1357)

 

Considerado el jurista más influyente de la baja edad media y máximo representante del derecho privado, que conjuntado con el derecho canónico supone la raíz de la cultura jurídica europea. Se valora por incorporar comentarios a los textos legales, lo que ha permitido llegar a la denominada ratio legis.

 

 

(VI)     Edward Coke (1552 - 1634)

 

Abogado de la Corona Británica y primer juez del Tribunal Supremo, defensor de la independencia judicial ante los intentos del rey de asumir competencias judiciales.

 

Obra: Institutes of the laws of England.

 

 

(VII)     Hugo Grocio (1583 - 1645)

 

Filósofo y jurista flamenco que sentó las bases del Derecho Internacional. Desarrolla el Ius in bello o derecho en la guerra.

 

Obra: De iure belli at pacis.

 

 

(VIII)     Charles Luis de Secondat, Barón de Montesquieu (1689 - 1755)

 

Pensador político francés y magistrado. Opositor a los modelos de gobierno despóticos, consideraba caducas algunas formas e instituciones de las monarquías. Sus dos aportes fundamentales fueron la doctrina de separación de poderes (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) y su definición del “espíritu general” de las naciones.

 

Obra: En 1748 publicó su obra principal, Del espíritu de las Leyes. (Lea: ‘El espíritu de las leyes’, de Montesquieu)

 

 

(IX)     Cesare Beccaria (1738 - 1794)

 

Filósofo y jurista italiano, inspiró el derecho penal moderno introduciendo la racionalidad en la definición de los delitos y la humanidad en la ejecución de las penas. 

 

Obra: De los delitos y de las penas (1764).

 

 

(X)     Jeremy Bentham (1748 - 1832)

 

Pensador inglés cuyos estudios sobre pruebas judiciales son la base del derecho procesal en materia probatoria. Igualmente postuló el concepto utilitario de la pena, para prevenir el delito pero también para corregir al delincuente. 

 

Obra: Introducción a los principios de la moral y la legislación (1789).

 

 

(XI)     Friedrich Karl von Savigny (1779 - 1861)

 

Catedrático de Derecho Romano de la Universidad de Berlín que sentó las bases para el análisis del Derecho como ciencia, con objeto, método y principios propios. Defendía la ley como producto de la razón y no de la voluntad del legislador. 

 

Obra: El derecho de propiedad, ensayo civilista, texto publicado en 1803; Historia del derecho romano en la edad media (1815 - 1831) y Tratado de derecho romano (1840 - 1849).

 

 

(XII)     Alexis de Tocqueville (1805 - 1859)

 

Pensador y político liberal francés. Expuso la necesidad de la democracia como camino hacia la igualdad y la libertad y alertó de los riesgos de la tiranía producto del individualiasmo.

 

Obras: La democracia en América, El Antiguo Régimen y la Revolución.

 

 

(XIII)     Giussepe Chiovenda (1872 - 1937)

 

Jurista Italiano, catedrático de Derecho Procesal de la Universidad de Roma, es uno de los padres de las garantías procesales.

 

Obra: Saggi di diritto processuale civile, Nuovi saggi di diritto processuale civile, Princìpii di diritto processuale civile, Instituciones del Derecho Procesal Civil.

 

 

(XIV)     Jean-Étienne-Marie Portalis (1746 - 1807)

 

Político y jurista francés. Fue llamado por Napoleón para elaborar el Código Civil francés, con el que se condensó el derecho romano, el derecho canónico y el derecho consuetudinario francés bajo los principios revolucionarios de libertad e igualdad.

 

 

(XV)     Rudolf von Ihering (1818 - 1892)

 

Jurista alemán, fundador de la sociología del Derecho, sus teorías tuvieron gran trascendencia e influencia en el desarrollo de la doctrina jurídica moderna.

 

Obras: El espíritu del derecho romano (1852), la Lucha por el Derecho (1872), El fin en el derecho (1877) y ¿Es la jurisprudencia una ciencia? (1868)

                                                       

Contemporáneos

 

Robert Alexy (Humberto Pinto)

 

(XVI)     Hans Kelsen (1881 - 1973)

 

Jurista, filósofo y profesor de filosofía del Derecho. Miembro vitalicio del tribunal constitucional austriaco. Se podría decir que su Teoría Pura del Derecho es una teoría estrictamente jurídica, que supone que la verdad o falsedad de los enunciados jurídicos no dependen de la verdad o falsedad de premisas empíricas o morales. La existencia y el contenido del derecho, como reza la premisa fundamental del positivismo, dependen de hechos sociales y no de sus cualidades o virtudes.

 

Obra: De la esencia y el valor de la democracia (1920), Teoría del Estado (1925) y Teoría pura del Derecho (1935) (Lea: ‘Teoría pura del derecho’, de Hans Kelsen)

 

 

(XVII)     Herbert L. A. Hart (1907 - 1992)

 

Uno de los representantes más insignes del positivismo jurídico “suave” (ahora denominado “incluyente”). Define al positivismo desde dos rasgos: entre el derecho y la moral no hay una relación lógica necesaria y el derecho debe su origen y existencia a prácticas y decisiones relativas al gobierno de la comunidad.

 

Obra: Su obra más influyente es El concepto del derecho (1961) (Lea: ‘El concepto de derecho’, de H. L. A. Hart)

 

 

(XVIII)     Robert Alexy (1945)

 

Filósofo, abogado y doctor en Derecho por la Universidad de Göttingen. Como estudiante recibió, primero, la influencia de la filosofía analítica por parte de Patzig. Luego fue influenciado por Habermas. En sus palabras, “He articulado en mi propio trabajo la lógica y la teoría del discurso, lo cual no se había hecho hasta ahora”. En el campo jurídico su principal influencia fue Dreier, “Dreier me inspiró muchas ideas y especialmente me introdujo a Kelsen y Radbruch, quienes me han influenciado hasta ahora”.

 

Obra: Teoría de la argumentación jurídica (1978), Teoría de los derechos fundamentales (1985) y Concepto y validez del derecho (1992). (Lea: Análisis de ‘Teoría de los derechos fundamentales’, de Robert Alexy

 

 

(XIX)     Ronald Dworkin (1931 - 2013)

 

Fue uno de los constitucionalistas y teóricos del Derecho más destacados de la segunda mitad del siglo XX. En tres áreas sus contribuciones fueron cruciales: la Filosofía Política, el Derecho Constitucional y la Teoría General del Derecho. Sus planteamientos a favor del aborto, la eutanasia, la separación iglesia - Estado y el matrimonio homosexual, entre otros, contribuyeron a fundamentar posiciones progresistas no solo en EE UU, sino también en otros países donde sus puntos de vista nutrieron el debate público. (Lea: Ronald Dworkin y el Derecho como práctica argumentativa)

 

Obra: El imperio de la justicia, La justicia con toga y Justicia para erizos. (Lea: Ronald Myles Dworkin (1931-2013)

 

 

(XX)     Carlos Santiago Nino (1943 - 1993)

 

Ha sido el constitucionalista, iusfilósofo y teórico político latinoamericano que mayor renombre ha alcanzado a nivel global. Abogado de la Universidad de Buenos Aires y Doctor en Derecho de la Universidad de Oxford, fue un comprometido asesor político durante la transición a la democracia luego de la dictadura que gobernó a Argentina entre 1976 y 1983.

 

Obra: La constitución de la democracia deliberativa. (Lea: La constitución de la democracia deliberativa’, de Nino)

 

Es posible que hayamos dejado a algunos teóricos fundamentales por fuera, ¿cuáles incluiría y por qué?

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