Distinguir entre hijos legítimos e ilegítimos en ejercicio de la patria potestad viola derecho a la igualdad (5:00 p.m.)
08 de Julio de 2013
Reproducir
Nota:
89477
La Corte Constitucional determinó que el ejercicio de la patria potestad, al ser un deber que asumen los padres con sus hijos, no puede excluir a aquellos que son concebidos extramatrimonialmente o incluso los adoptivos. La Corporación declaró inexequible la expresión “legítimos”, contenida en el artículo 288 del Código Civil (inciso 2º), al precisar
Opina, Comenta