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Nulidad del contrato principal no acarrea nulidad de la cláusula compromisoria

Principio de Kompetenz-Kompetenz implica que la justicia arbitral tiene prioridad respecto de jueces institucionales.

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18 de Septiembre de 2025

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El principio de autonomía de la cláusula compromisoria supone que los árbitros pueden decidir sobre las disputas relacionadas con la existencia o validez del contrato principal que contiene el convenio de arbitraje. En complemento, indicó el Consejo de Estado, el principio de Kompetenz-Kompetenz implica que la justicia arbitral tiene prioridad temporal respecto de jueces institucionales para dirimir controversias sobre existencia, validez y alcance del contrato de arbitraje.

Si estos principios no existieran, agregó, tratándose de la autonomía, la nulidad del contrato principal acarrearía la nulidad de la cláusula compromisoria, al considerarse esta como un acuerdo accesorio. Igualmente, sin el principio de Kompetenz-Kompetenz, cualquier controversia sobre la jurisdicción solo podría ser resuelta por la justicia institucional, lo cual iría en contra de la voluntad de las partes de acudir al arbitraje para dirimir sus controversias.

Así las cosas, señaló el alto tribunal, la jurisdicción y competencia de los árbitros nacionales está dentro de los límites establecidos por la Constitución y la ley, de manera general, mientras que, por voluntad de las partes, de manera específica. La autonomía de la voluntad es el fundamento del arbitraje y, teniendo en cuenta que la institución arbitral surge de un acuerdo entre las partes, no puede ser ignorado por el juez institucional.

El hecho de que las normas de orden público sean imperativas no implica que los derechos que de allí se derivan sean intransigibles, ni que exista imposibilidad absoluta de someterlos a arbitraje. Al invocar la nulidad absoluta de un contrato, no se está en contra de la normativa, sino más bien garantizar su correcta aplicación dentro del marco de un arbitraje en derecho. El árbitro no pierde competencia simplemente porque el debate involucre normas de orden público.

En el caso bajo análisis, se dieron los presupuestos para declarar probada la excepción de cláusula compromisoria, por lo que se revocó el fallo de primera instancia y se precisó que de las pruebas no es posible determinar la constitución de un tribunal arbitral para dirimir las controversias en torno a la cláusula compromisoria (C. P. William Barrera Muñoz).

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