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Los 20 años del fallo de la Corte Constitucional sobre la despenalización del aborto

El pasado 10 de mayo, se cumplieron 20 años de la mítica sentencia de la alta corporación.

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Los 20 años del fallo de la Corte Constitucional sobre la despenalización del aborto (Shutterstock)

Foto: Shutterstock

21 de Mayo de 2026

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La Corte Constitucional ha construido, a través de varias decisiones, una línea jurisprudencial que reconoce el derecho de las mujeres y personas gestantes a acceder a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) en Colombia.   

En la Sentencia C-355 de 2006, la Corte despenalizó el aborto en tres situaciones: cuando la continuación del embarazo pone en riesgo la vida o la salud de la mujer; cuando existe una grave malformación del feto que haga inviable su vida, y cuando el embarazo es resultado de violencia sexual, inseminación artificial o transferencia de óvulo no consentidas, o de incesto.

Despenalización hasta la semana 24

La Sentencia C-055 de 2022 declaró la constitucionalidad condicionada del artículo 122 del Código Penal y estableció que abortar solo es delito cuando el procedimiento se realiza después de la semana 24 de gestación, salvo que se configure alguna de las tres causales fijadas en 2006.

La propia Corte ha señalado que estas decisiones (C-355 de 2006 y C-055 de 2022) son “eslabones” de un proceso largo de interpretación de la Constitución, que ha llevado al reconocimiento del derecho de acceso a la IVE como un derecho fundamental. (Sent. SU-297/25)

Alcance del derecho y deberes del sistema de salud

En decisiones de tutela recientes, como la Sentencia T-158 de 2023, la Corte ha precisado que la IVE no se reduce a un procedimiento médico, sino que está ligada a otros derechos fundamentales, y ha reiterado que ninguna entidad de salud puede negar el servicio por razones de afiliación, condición económica, edad, orientación sexual o pertenencia étnica. (Sent. T-158/23).

Por su parte, el Ministerio de Salud, mediante la Circular 44 de 2022, ordenó a las entidades garantizar la prestación de servicios de IVE sin exigir causales ni requisitos adicionales en embarazos de hasta 24 semanas, y, después de ese plazo, cuando se configure alguna de las tres causales de despenalización, evitando barreras y demoras en la atención.

Protección reforzada para mujeres indígenas

En la Sentencia SU-297 de 2025, la Corte recordó que el derecho de acceder a la IVE también cobija a las personas gestantes indígenas y que sus comunidades o autoridades no pueden negar ni obstaculizar este servicio, incluso cuando existan tensiones con la autonomía propia de los pueblos indígenas.

La Corte ordenó, además, que el Ministerio de Salud expida lineamientos específicos para garantizar el acceso a la IVE en estos contextos, y subrayó que el ejercicio del derecho no puede depender de autorizaciones de autoridades comunitarias.

¿Por qué es importante esta línea jurisprudencial?

La unificación de criterios en estas sentencias define un marco claro para la aplicación del Código Penal sobre aborto, delimita la intervención del derecho penal y refuerza la obligación del Estado de proteger simultáneamente la autonomía reproductiva y la vida en gestación, mediante medidas de salud y apoyo social.

En conjunto, estos fallos buscan que las decisiones sobre la IVE se tomen con información suficiente, sin estigmas ni barreras, y con una respuesta oportuna del sistema de salud, lo que marca un cambio significativo en la manera como se protege la dignidad y los derechos de mujeres y personas gestantes en Colombia.

* Este contenido fue elaborado por SilvIA, la inteligencia artificial de Legis, basado en la información de las publicaciones de Legis, con la revisión de un editor. Si quieres profundizar más sobre este tema, conoce a SilvIA.

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