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No es desproporcionado que se entregue a entidades gremiales del transporte la facultad recaudadora de la tasa de uso que cobran las terminales (2:28 p.m.)

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14 de Diciembre de 2010

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El Consejo de Estado negó la nulidad de una expresión contenida en una resolución del Ministerio del Transporte, en la que se entrega la facultad recaudadora de las tasas de uso que cobran las terminales y empresas de transporte a entidades gremiales nacionales del transporte terrestre intermunicipal de pasajeros. Según el alto tribunal, la disposición no establece un trato privilegiado ni un perjuicio a alguien. Además, esa medida es establecida en normativa superior, tanto legal como reglamentaria. En esa medida, antes que constituir una facultad o derecho, es uno de los deberes y obligaciones que estas agremiaciones tienen para garantizar la seguridad y la más adecuada prestación del servicio (C.P. Rafael E. Ostau De Lafont Pianeta).

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