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El gobernador tiene la facultad de crear, suprimir y fusionar los empleos de sus dependencias (11:24 a.m.)

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05 de Agosto de 2011

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El gobernador tiene la facultad constitucional de crear, suprimir y fusionar los empleos de sus dependencias, señaló el Consejo de Estado. A juicio del alto tribunal, el funcionario tiene la potestad nominadora dentro de la gobernación. La Sección Segunda precisó que esa facultad debe desarrollarse cumpliendo los lineamientos que la ley y las ordenanzas respectivas establezcan sobre el presupuesto inicialmente aprobado para el respectivo periodo fiscal. En otras palabras, la asamblea departamental debe determinar la estructura básica de la administración, pero es al gobernador a quien le corresponde crear, suprimir o fusionar los empleos dentro de la organización. Por otra parte, la corporación reiteró que el fuero circunstancial no puede predicarse de los empleados públicos (C.P. Alfonso Vargas Rincón).

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