Depósitos judiciales no pueden ser pago de una declaración de retención en la fuente presentada sin pago (3:14 p.m.)
83247
03 de Agosto de 2012
Escucha esta noticia audio generado con IA
Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis
Los depósitos judiciales no pueden ser tenidos como pago de una declaración de retención en la fuente presentada sin pago, pues se constituyen para cubrir obligaciones a cargo del contribuyente y provienen de una medida cautelar, es decir, no tienen la naturaleza de saldos a favor ni están abonados en su totalidad a la cuenta corriente de los contrib
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!