Víctimas de desplazamiento forzado interno y externo tendrían igual tratamiento (8:32 a.m.)
29 de Febrero de 2016
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Nota:
105174
La Corte Constitucional admitió una demanda contra los artículos 1º de la Ley 387 de 1997 y 60 de la Ley 1448 del 2011, relacionadas con el reconocimiento y derechos de las víctimas de desplazamiento forzado externo como consecuencia del conflicto armado. En opinión del demandante, se vulneran los artículos 1º, 2º, 13, 29 y 93 de la Carta Política, pues se establece un trato discriminatorio con relación a los refugiados víctimas que se han visto forzados a migrar hacia el exterior por hechos relacionados con la violencia (Demandante: Enrique Arrieta).
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