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UNP debe responder solicitudes de protección de defensores de derechos humanos: Corte Constitucional (10:19 a.m.)

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09 de Julio de 2018

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La Sala Quinta de Revisión de la Corte Constitucional realizó un llamado de atención a la Unidad Nacional de Protección (UNP) por la tardanza en dar respuesta a la solicitud de vinculación al programa de protección de un defensor de derechos humanos víctima de desplazamiento forzado. El tribunal constitucional estimó que la demora de casi cuatro meses entre el momento en que el accionante elevó su solicitud y el momento en que la UNP realizó la entrevista en la cual firmó el consentimiento para la evaluación del nivel de riesgo implica una dilación injustificada en situaciones de máximo riesgo para la vida e integridad de personas particularmente expuestas. Sin embargo, la UNP no es la única entidad que tiene a su cargo la materialización de las medidas de protección y, en ese sentido, no es ella quien debe exclusivamente responder a tiempo las solicitudes hechas por un defensor de derechos humanos. También, agregó la alta corporación, de conformidad con el Informe Anual de la Oficina en Colombia del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH), se debe reforzar el enfoque de género en la valoración de las amenazas a los defensores, así como el análisis de aquellas en los ámbitos rurales, dada la prevalencia de los asesinatos en estas zonas. La Corte Constitucional exhortó a la UNP para que en los trámites de repuesta actúe de forma proactiva y sin dilaciones que pongan en riesgo la vida, integridad física, libertad y seguridad personal de esta población (M. P. Antonio José Lizarazo).

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