Unifican jurisprudencia sobre beneficios del régimen de transición al trasladarse del régimen de ahorro individual al de prima media (3:45 p.m.)
21 de Marzo de 2013
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Nota:
87265
Para definir cuándo es viable trasladarse del régimen de ahorro individual al de prima media y mantener los beneficios del régimen de transición, la Corte Constitucional unificó la jurisprudencia y señaló que solo los afiliados con más de 15 años cotizados al 1º de abril de 1994 pueden hacerlo. En esta providencia, el alto tribunal hizo un recuento de los principales lineamientos de la jurisprudencia constitucional en torno del Sistema General de Pensiones, la pensión de vejez en el sistema de prima media y el de ahorro individual y el régimen de transición pensional (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo).
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