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Actualizado hace 2 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Unifican jurisprudencia para garantizar objeción de conciencia en prestación de servicio militar obligatorio (1:26 p.m.)

08 de Marzo de 2016

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Nota:
105013
La Sala Plena de la Corte Constitucional, frente a dos acciones de tutela instauradas en contra del Ejército Nacional, unificó su jurisprudencia en materia de procedencia del amparo para garantizar el derecho a la objeción de conciencia en la prestación del servicio militar obligatorio, sin que requiera de su regulación mediante ley. Teniendo en cuenta que las autoridades de las entidades militares no aceptan la objeción de conciencia de los jóvenes alegando que no existe reglamentación legal al respecto, la Sala Plena de la Corte Constitucional emitió un fallo trascendental y ordenó al Comandante del Ejército Nacional de Colombia y a su jefe de reclutamiento que, en el término de un mes, conformen un grupo interdisciplinario del más alto nivel encargado de dar trámite, estudiar y proferir respuesta de fondo y en el término de 15 días hábiles a las peticiones de objeción de conciencia presentadas en razón de la prestación del servicio militar obligatorio. Sin embargo, el magistrado Jorge Ignacio Pretelt Chaljub manifestó su salvamento de voto en relación con esta unificación de jurisprudencia. Por su parte, los magistrados Luis Guillermo Guerrero y Alejandro Linares Cantillo salvaron el voto de manera parcial, en cuanto consideran que no procedía en el presente caso la orden dada para crear un órgano de decisión sobre las objeciones de conciencia respecto de la prestación de este servicio (M.P. Alberto Rojas Ríos).

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