Unidad de Víctimas debe motivar sus decisiones y respetar garantías constitucionales (8:26 a.m.)
22 de Junio de 2018
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Nota:
108385
La Sala Séptima de Revisión de la Corte Constitucional amparó los derechos fundamentales de tres personas a quienes la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación a las Víctimas (UARIV) negó la inclusión en el Registro Único de Víctimas (RUV). La alta corporación pudo constatar que en la mayoría de los casos la negativa de la UARIV se basó únicamente en la simple valoración de la declaración de algunos elementos de contexto. En ese sentido, explicó que la entidad está obligada a motivar sus decisiones con elementos que demuestren que los hechos victimizantes no se dieron en el marco del conflicto armado interno, acudir a diferentes bases de datos, consultar fuentes y evaluar elementos jurídicos técnicos y de contexto. Así mismo, en cada actuación debe respetar los derechos y garantías constitucionales de los solicitantes. Consulte la providencia completa en el documento adjunto (M. P. Cristina Pardo Schlesigner).
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