Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


Un juez puede ordenar, de manera excepcional, el servicio de cuidador en casa (11:13 a.m.)

113596

25 de Septiembre de 2019

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

La Corte Constitucional comprobó recientemente que una accionante, quien padece de insuficiencia renal crónica en fase terminal (entre otras graves enfermedades),  y su grupo familiar carecían de recursos económicos para sufragar el costo de contratar el servicio de enfermería, toda vez que se encuentran calificados en el nivel 1 del Sisbén, con un puntaje de 31,97, esto es, aquel en el que se encuentran las personas en condiciones económicas más precarias, pues sus ingresos mensuales son inferiores a un salario mensual. En consecuencia, la Corte concluyó que un juez puede ordenar, de manera excepcional, el servicio de cuidador en casa, razón por la cual ordenó a la EPS que suministre en favor de la demandante el servicio de cuidador a domicilio por 12 horas, a fin de atender todas las necesidades básicas que no puede satisfacer autónomamente, debido a las enfermedades que la aquejan (M. P. Gloria Stella Ortiz).

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)