Último condicionamiento al Código de Policía relacionado con personas en situación de discapacidad (3:16 p.m.)
13 de Febrero de 2020
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Nota:
115120
La Corte Constitucional informó que se incurrió en una omisión legislativa relativa en el Código Nacional de Policía al autorizar en lugares públicos solamente la presencia de perros guías que acompañen a su dueño o tenedor con discapacidad visual excluyendo a las personas con discapacidades distintas que requieran la compañía de un canino de asistencia. En esa medida, señaló que el Congreso incurrió en un acto discriminatorio y destacó que una persona con discapacidad mental que requiere la compañía de su perro de asistencia es asimilable a una persona con discapacidad visual. Así, declaró exequible el aparte “que, como guías”, contenido en el parágrafo 1º del artículo 117 de la Ley 1801 del 2016 , en el entendido de que también incluye a los caninos de asistencia que acompañan a todas las personas en situación de discapacidad (M. P. Gloria Ortiz).
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