Último condicionamiento al Código de Policía relacionado con personas en situación de discapacidad (3:16 p.m.)
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13 de Febrero de 2020
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La Corte Constitucional informó que se incurrió en una omisión legislativa relativa en el Código Nacional de Policía al autorizar en lugares públicos solamente la presencia de perros guías que acompañen a su dueño o tenedor con discapacidad visual excluyendo a las personas con discapacidades distintas que requieran la compañía de un canino de asistencia. En esa medida, señaló que el Congreso incurrió en un acto discriminatorio y destacó que una persona con discapacidad mental que requiere la compañía de su perro de asistencia es asimilable a una persona con discapacidad visual. Así, declaró exequible el aparte “que, como guías”, contenido en el parágrafo 1º del artículo 117 de la Ley 1801 del 2016 , en el entendido de que también incluye a los caninos de asistencia que acompañan a todas las personas en situación de discapacidad (M. P. Gloria Ortiz).
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