Tutela ordena reintegro de estudiante víctima de agresión que fue expulsada del colegio por ‘provocar’ a su agresora (11:40 a.m.)
03 de Diciembre de 2018
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Nota:
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La Corte Constitucional resolvió la tutela interpuesta por una madre en representación de su hija, una estudiante que fue víctima de agresión grave por parte de otra compañera que la atacó con una cuchilla, pese a lo cual el colegio expidió una resolución en la que ordenaba el traslado a otra institución educativa por considerar que fue ella quien provocó a la agresora, orden que generó una grave afectación a su derecho a la educación pues no pudo encontrar cupo. La accionante indicó que el colegio, además de no atender la agresión (que ya fue denunciada ante la Fiscalía), le endilgó la responsabilidad a su hija, en lo que a su juicio constituye un hecho revictimizante. La Sala, al estudiar el caso, indicó que la sanción de cuestiones disciplinarias de índole académica no puede inobservar el debido proceso ni los presupuestos de legalidad, presunción de inocencia, contradicción y defensa. Esto además de que con la decisión se transformó una norma estudiantil que reprochaba fuertemente la violencia en tanto que se sanciona al ‘provocador’ de la agresión a la integridad. “Una interpretación como la adoptada por el colegio en este caso se encuentra completamente alejada de la Constitución, no solo desde la perspectiva del debido proceso disciplinario sino, lo más grave, desde la justificación de la violencia (…) pues supone entender que aquella obedece a la provocación de la víctima”. Así las cosas, la Corte amparó los derechos fundamentales de la menor y ordenó al colegio reintegrarla, en caso de que ella aún lo desee. Por último, prescribió una serie de modificaciones al reglamento estudiantil (M. P. Antonio José Lizarazo).
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