Tutela no procede para obtener retroactivos derivados de nivelaciones salariales (11:30 a.m.)
13 de Febrero de 2014
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Nota:
95083
La acción de tutela no procede para obtener el pago de los retroactivos derivados de las nivelaciones salariales o de las homologaciones de los empleos públicos, aseveró la Corte Constitucional. A su juicio, el medio judicial idóneo y eficaz es el proceso ejecutivo ante la jurisdicción contencioso administrativa, pues este ofrece una respuesta clara y definitiva al debate. De hecho, la eficacia de dicho proceso es evidente, en tanto tiene como requisito de procedibilidad la conciliación, que permitirá un acuerdo de pago, y, adicionalmente, contempla la imposición de un embargo. Sin embargo, la corporación advirtió que las entidades responsables no deben alegar problemas administrativos, para evitar desembolsar dicho pago. Así mismo, los pagadores del salario tampoco pueden desconocer la normativa laboral y los derechos fundamentales de los trabajadores, cuando estos autorizan deducciones de sus sueldos destinadas a cancelar deudas a favor de terceros, resaltó el fallo (M. P. Luis Ernesto Vargas).
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