Tutela contra tutela solo procede si se agotaron todos los mecanismos existentes y se violaron derechos fundamentales flagrantemente (4:30 p.m.)
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13 de Febrero de 2012
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La acción de tutela solo procede contra otra tutela si se agotaron todos los mecanismos existentes y en determinado acto se violaron derechos fundamentales flagrantemente, advirtió la Corte Constitucional. Según la Corte, en el caso concreto se debe establecer si la ausencia de vinculación dentro del trámite de una acción de tutela de un tercero directamente afectado por la decisión adoptada vulnera el debido proceso. Con estos argumentos, la corporación declaró la improcedencia de una acción interpuesta por el promotor del acuerdo de restructuración de pasivos del municipio de Lorica (Córdoba), que alegó no haber sido notificado de otra tutela relacionada. En opinión del alto tribunal, no era necesario que el promotor fuera vinculado por las autoridades judiciales al proceso, pues el ente territorial debió informarle de la acción adelantada, en aplicación del principio de colaboración armónica entre los órganos de la Rama Ejecutiva (M.P. Juan Carlos Henao Pérez).
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