Traslado del procedimiento administrativo de restablecimiento de derechos del menor modifica la competencia (3:52 p.m.)
18 de Septiembre de 2017
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Nota:
57263
La competencia del proceso administrativo de restablecimiento de derechos del menor (PARD) puede modificarse cuando se presente el traslado del mismo del lugar donde se encuentre, a menos que sea temporal y de duración corta. En este evento, la autoridad administrativa que venía conociendo del proceso, mediante resolución motivada, ordenará también su traslado y cierre en su despacho. Dicho traslado procede, por ejemplo, cuando el menor es trasladado territorialmente, con ocasión de la adopción de una medida de restablecimiento en el curso del proceso, como la ubicación en su familia extensa en un municipio diferente, ya que será esta quien ejercerá mientras se surte el trámite administrativo su cuidado, y la autoridad administrativa que debe conocer es la del lugar donde esté el menor.
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