Texto del fallo que declaró inconstitucional el retiro definitivo de soldados profesionales sometidos a detención preventiva mayor a 60 días (10:44 a.m.)
13 de Julio de 2012
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Nota:
82222
La Corte Constitucional publicó el texto del fallo que declaró inexequible el numeral 3° del ordinal a) del artículo 8° del Decreto Ley 1793 del 2000, en el que se enlista como causal de retiro temporal con pase a la reserva de los soldados profesionales la detención preventiva que exceda los 60 días calendario. La Corte aclaró que si bien se utiliza el adjetivo “temporal” para describir el retiro, la misma norma indica que es “con pase a la reserva”, lo que significa que solo pueden ser reincorporados cuando se presenten las hipótesis de llamamiento al servicio, que son facultativas. A su juicio, este retiro definitivo busca prevenir las eventuales afectaciones al buen funcionamiento de la institución y, en esa medida, proteger a la comunidad y a las presuntas víctimas, por lo que tiene un fin constitucionalmente legítimo. También se considera una medida idónea, ya que la separación definitiva del cargo elimina la posibilidad de que el levantamiento de la detención produzca alguna alteración en la institución, la comunidad o las víctimas. Sin embargo, el alto tribunal señaló que se restringe desproporcionada e innecesariamente la presunción de inocencia, pues esos fines se podrían alcanzar con la suspensión. Por esa razón, declaró la exequibilidad del artículo 11 del mismo decreto, en el entendido de que la palabra “retirado” debe entenderse como ”suspendido” (M.P. Humberto Antonio Sierra Porto).
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