Texto del fallo que declaró exequible la reposición de votos obtenidos por los candidatos elegidos al Parlamento Andino (3:58 p.m.)
23 de Septiembre de 2011
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Nota:
74938
La Corte Constitucional dio a conocer el texto del fallo que declaró exequible el artículo 6° de la Ley 1157 del 2007, en el que se establece que los candidatos elegidos al Parlamento Andino tienen derecho a la reposición estatal de los votos válidos obtenidos. El demandante acusaba la disposición por considerar inconstitucional que se restringiera la reposición de votos solo a los candidatos elegidos y no incluir a aquellos que no lo fueron. La Corte señaló que la libertad dada por el constituyente al legislador para determinar el porcentaje de votación necesaria para obtener financiación estatal por votos válidos obtenidos implicaba que se adoptara una fórmula que no responde exclusivamente a fundamentos constitucionales sino a un raciocinio de conveniencia política. A juicio del alto tribunal, este componente político no es evaluable en un juicio de constitucionalidad (M.P. Humberto Antonio Sierra Porto).
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