Tareas para el Vicepresidente son asignadas exclusivamente por el Presidente de la República
29 de Agosto de 2022
La Corte Constitucional estudió una demanda de inconstitucionalidad contra el artículo 139 (parcial) de la Ley 1955 del 2019. El accionante manifestó que la disposición acusada desconocía la Constitución Política, toda vez que el Presidente de la República es el único que puede atribuirle al vicepresidente misiones o encargos especiales.
El alto tribunal explicó que el artículo demandado atribuía a la Procuraduría General de la Nación la competencia de dirigir a la Vicepresidencia de la República para lograr el objetivo de la norma, que no es otro que la elaboración del Plan Decenal del Ministerio Público, con lo que somete al vicepresidente al ejercicio de labores o tareas distintas a las previstas en la Carta para dicha figura y a la coordinación para el desarrollo de dicha tarea de una autoridad distinta al Presidente de la República.
La Sala constató que el constituyente quiso que solo el Presidente de la República sea quien determine libremente y sin injerencias de las demás ramas u órganos del poder público las características que definen la participación de su vicepresidente en las misiones o encargos que le haga, sin perjuicio de la conformación o no de una estructura administrativa a su disposición para el cumplimiento de los encargos y misiones especiales asignados. Resolvió entonces declarar inexequible la expresión “y la Vicepresidencia de la República”, del artículo 139 de la Ley 1955 del 2019 (M. P. Antonio José Lizarazo Ocampo).
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