Suspensión de derechos políticos no afecta el derecho de ser beneficiario de subsidios estatales (10:24 a.m.)
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04 de Septiembre de 2015
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La Corte Constitucional concluyó que se vulneró el derecho fundamental al debido proceso administrativo a una ciudadana y a sus hijos menores de edad, por cuanto se les excluyó del programa “Más Familias en Acción” con base en una causal que no está expresamente prevista, esto es, la condena penal que recibió la accionante. Para la corporación, a la actora se le impuso una sanción que no estaba relacionada con su situación judicial. En consecuencia, la entidad no podía hacer extensiva la restricción del ejercicio de los derechos políticos de la accionante al ejercicio de otros derechos fundamentales, toda vez que hacerlo implicaría un desconocimiento al principio de legalidad y tipicidad de las sanciones. Así mismo, indicó, la decisión de la entidad vulneró los derechos de los hijos de la actora, quienes ven limitado su acceso al derecho a la educación (M.P. Mauricio González Cuervo).
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