Servicios de defensa técnica ante la JEP para miembros de la fuerza pública son constitucionales (11:06 a.m.)
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10 de Abril de 2018
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La Corte Constitucional realizó el control de constitucionalidad del Decreto Ley 775 del 2017, en el cual se faculta al Sistema de Defensa Técnica y Especializada de los Miembros de la Fuerza Pública, financiado por el Fondetec, para prestar el servicio de defensa técnica a los miembros activos o retirados de la fuerza pública ante el Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición, por conductas penales o disciplinarias que hayan tenido lugar por causa, con ocasión o en relación directa o indirecta con el conflicto armado interno. Según el análisis de la Sala Plena, el mismo no reviste problemas de constitucionalidad y, por lo tanto, fue declarado exequible. Los Magistrados Alejandro Linares Cantillo y Antonio José Lizarazo Ocampo manifestaron que aclaraban su voto respecto de algunas consideraciones que se tuvieron en cuenta para la adopción del fallo. La magistrada Cristina Pardo no intervino en la decisión (M. P. José Fernando Reyes).
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