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Actualizado hace 4 hours | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Constitucional


Senado aprobó, en penúltimo debate, ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (8:10 a.m.)

16 de Noviembre de 2017

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Nota:
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"Estamos muy satisfechos, este es un logro muy importante, queda aprobada la columna vertebral del acuerdo de paz y antes del 30 de noviembre se conciliarán los textos"", expresó el ministro del Interior, Guillermo Rivera, tras la aprobación del proyecto de ley estatutaria de la administración de justicia para la jurisdicción especial para la paz (JEP), en la plenaria del Senado. El funcionario aclaró que este texto incorpora las condicionalidades que planteó la Corte Constitucional en los temas que examinó. Entre los aspectos de la ley más importantes, de acuerdo con el jefe de la cartera política, está que las condenas emanadas de la justicia ordinaria por delitos en relación con el conflicto armado podrán ser revisadas por la JEP y eventualmente las sanciones podrían ser sustituidas, siempre y cuando las personas que lo soliciten, cuenten la verdad y contribuyan con la reparación de las víctimas y ofrezcan garantías de no repetición. Sobre participación en política, se establecieron unos requisitos como que en el momento de la inscripción hay que acreditar un certificado de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz en la que conste que los inscritos están en la lista que entregaron las extintas Farc en el momento de la desmovilización y que dejaron las armas. Así mismo, deberán reafirmar su compromiso de comparecer ante la JEP, de manera progresiva, en los términos en los que vayan a empezar a funcionar los órganos que la componen. “Si una persona es elegida y luego sancionada por la JEP, será esta justicia la que determine si esa sanción es compatible o incompatible con el desempeño de funciones públicas”, explicó. De otra parte, los fallos de tutela de la JEP surtirán proceso de selección y revisión por la Corte Constitucional. La ley también aclara que este sistema solo está diseñado para quienes “han cometido delitos con ocasión del conflicto armado”. "

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