Según Minsalud, EPS deben garantizar agendas abiertas para asignación de citas (10:38 a.m.)
07 de Noviembre de 2017
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Nota:
57802
En reciente concepto, el Ministerio de Salud indicó que es deber de las entidades promotoras de salud (EPS) implementar mecanismos que garanticen la asignación de citas cumpliendo los parámetros establecidos en la Resolución 1552 del 2013, en relación con la disposición de agendas. De acuerdo con esta norma, las EPS de ambos regímenes, directamente o a través de su red de prestadores, deben tener agendas abiertas para la asignación de citas de medicina especializada todos los días hábiles del año. La asignación de citas de odontología y medicina general no podrá exceder de tres días hábiles, contados a partir de la solicitud, salvo que el paciente solicite de manera expresa un término diferente. En todo caso, la entidad precisó que, debido a los inconvenientes que se han presentado en el desarrollo de esta labor, en especial sobre los tiempos de espera para el otorgamiento de las citas, fue expedida la Resolución 256 del 2016. Así las cosas, agregó la entidad, la normativa ha evolucionado en la medida en que al sistema se le presentan nuevos retos y tiene la fuerza vinculante suficiente para obligar a todos a salvaguardar, por encima de cualquier prejuicio, el derecho a la salud.
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